Decreto Nº 1.828

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición17 de Julio de 2008

DECRETO Nº 1.828

Mendoza, 17 de julio de 2008.

Visto el Expte. Nro. 02163-D-08-00108 y su acumulado Expte. Nro. 02152-D-08-00108 en el cual el Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos solicita incrementar las partidas presupuestarias 43116 y 43104; y

CONSIDERANDO:

Que es factible acceder al pedido efectuado, en virtud de que a la fecha se encuentra en disponibilidad Partida de Capital en otra Jurisdicción.

Que la disminución que se propicia no afecta el normal funcionamiento de las Reparticiones de las cuales se disminuyen los créditos.

Que el incremento se otorga en las partidas expuestas en nota obrante a fs. 12 del Expte. Nro. 02163-08-00108.

Que la Ley Nº 7.837 en su art. 29 dice: "Autorícese al Poder Ejecutivo a disminuir partidas de capital financiadas con rentas generales para incrementar partidas corrientes destinadas al pago del 50% de las obligaciones pendientes con los beneficiarios contemplados en la Ley 7.496 y modificatorias. A dichos efectos exceptúese de la limitación establecida por la ley Nacional Nº 25.917 en su artículo 15 y Leyes provinciales Nº 7.314 artículo 1º y artículo 11º de la presente Ley. Por el 50% restante se faculta al Poder Ejecutivo a incrementar las partidas presupuestarios contra la mayor recaudación estimada debidamente fundada".

Que la modificación de créditos que se tramita no implica un incremento del gasto autorizado a nivel global.

Por ello y en virtud de lo dispuesto por el artículo 29 de la Ley Nº 7.837;

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 2º

El presente decreto será refrendado por los Ministros de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Salud y Hacienda.

Artículo 3º

La presente norma legal deberá ser remitida ad referéndum de la Honorable Legislatura.

Artículo 4º

Notifíquese el presente Decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección de Finanzas.

Artículo 5º

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUE

Adrian Cerroni

Juan Marchena

Aldo S. Saracco

PLANILLA ANEXA

MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA

Expte. Nº 02163-D-08-00108 y Acum. Exp Nº 02152-D-08-00108 Decreto Nº 1828

10501

G99006

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