Decreto 935. Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Fecha de disposición16 Agosto 2016
Fecha de publicación16 Agosto 2016
SecciónDecretos

Decreto 935/2016

Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, para el Ejercicio 2016.

Buenos Aires, 12/08/2016

VISTO el Expediente N° S01:0230269/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016 y la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, 1 de fecha 4 de enero de 2016, 227 de fecha 20 de enero de 2016, 718 de fecha 27 de mayo de 2016, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SI.N.E.P.), homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), incorporándose el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y definiéndose sus competencias en el Artículo 20 bis del mismo decreto.

Que mediante el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se aprobó el organigrama de aplicación del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por el Artículo 2° del referido Decreto se transfirió la SECRETARÍA DE COMERCIO y sus unidades organizativas dependientes, organismos descentralizados y desconcentrados, de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por el Artículo 2° del Decreto N° 718 de fecha 27 de mayo de 2016 se estableció que la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA actuará como organismo desconcentrado en el ámbito de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por el Artículo 3° del mencionado Decreto se estableció que la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN establecerá las acciones y funciones de asistencia de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, en el marco de lo previsto por la Ley N° 25.156 de Defensa de la Competencia.

Que, a fin de optimizar el cumplimiento de las competencias de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, resulta necesaria la creación del cargo extraescalafonario de Coordinador General de la COMISIÓN NACIONAL...

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