Decreto 1915/2009

Fecha de publicación09 Diciembre 2009
Fecha de disposición09 Diciembre 2009
SecciónDecretos
Número de Gaceta31797

Que, asimismo, dicho Acuerdo tiene por finalidad establecer el aporte del sector de los productores de gas natural al Fondo Fiduciario de la Ley Nº 26.020, para propender a que el precio de las garrafas de gas licuado del petróleo para uso domiciliario sea diferencial para aquellos consumidores de bajos recursos.

Que, atendiendo a los factores antedichos, se estima conveniente proceder a la adecuación, en forma transitoria, de precios y tarifas conforme a las regulaciones que rigen en la actualidad, y de otros aspectos relativos al servicio público de distribución de gas, en función de preservar la accesibilidad, continuidad y calidad del servicio prestado a los usuarios.

Que han tomado intervención los Servicios Jurídicos competentes.

Que la PROCURACION DELTESORO DE LA NACION ha emitido dictamen de conformidad con lo previsto en el Artículo 8º del Decreto Nº 311/03.

Que, con motivo del cambio de titular de la Cartera de Economía y Finanzas Públicas operado a través del Decreto Nº 885 de fecha 8 de julio de 2009, ha devenido necesaria su intervención en estas actuaciones, no obstante lo cual --y a los fines de evitar dilaciones que pudieran afectar al presente trámite-- se ha decidido mantener incólume el texto del ACUERDO TRANSITORIO oportunamente suscripto por el Ministro saliente.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y conforme a las previsiones contenidas en las Leyes Nros. 25.561, 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204, 26.339 y 26.456.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Ratifícase el ACUERDO TRANSITORIO suscripto por la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS, creada en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y la empresa CAMUZZI GAS PAMPEANA SOCIEDAD ANONIMA con fecha 23 de octubre de 2008, que como Anexo I forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º -- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D. Fernández. -- Amado Boudou. -- Julio M. De Vido.

NOTA: El Anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.

boletinoficial.gov.ar ACUERDOS Decreto 1915/2009

Ratifícase el Acuerdo Transitorio suscripto por la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos y la empresa Litoral Gas Sociedad Anónima.

Bs. As., 3/12/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0388159/2008 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, las Leyes Nros.

25.561, 25.790, 25.820, 25.972, 26.077, 26.204, 26.339 y 26.456, el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003, la Resolución Conjunta Nº 188 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 44 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 6 de agosto de 2003, la Resolución Conjunta Nº 388 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 790 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 7 de julio de 2005, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.561 declaró la emergencia pública en materia social, económica...

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