Decreto 1903/2009

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 7 de Diciembre de 2009

2008 y 1910 de fecha 12 de noviembre de 2008, en el cargo de Director de Relaciones Internacionales e Institucionales dependiente de la SUBSECRETARIA DE TURISMO de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, del Licenciado D. Alejandro Víctor GARCIA (M.I. Nº 16.263.202) Nivel B, Grado 0,

Función Ejecutiva IV, autorizándose el pago de la referida función ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Art. 2º

El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido respectivamente en el Artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.) homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha indicada en el Artículo 1º del presente decreto.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la SECRETARIA DE TURISMO del MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Aníbal D.

Fernández. -- Débora A. Giorgi.

MINISTERIO DE SALUD Decreto 1903/2009

Desígnase a la Coordinadora General de Información Pública y Comunicación.

Bs. As., 2/12/2009

VISTO el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2009 aprobado por la Ley Nº 26.422 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 9 de enero de 2009, el Decreto Nº 1343 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios y el Expediente Nº 1-2002-14822/09-9 del MINISTERIO DE SALUD, y CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 3º del citado Decreto Nº 1343/07 y sus modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del referido Ministerio.

Que dicha estructura organizativa no tiene prevista unidad alguna que concentre la organización y coordinación de las actividades de prensa y comunicación, derivadas del cumplimiento de las acciones sustantivas establecidas para la jurisdicción.

Que se hace necesario garantizar la existencia de vínculos fluidos y sostenidos entre el MINISTERIO DE SALUD y los medios de comunicación, tanto masivos como alternativos y comunitarios, con el objeto de instalar en ellos contenidos, lineamientos y mensajes dirigidos a fortalecer las condiciones de salud y calidad de vida de los ciudadanos.

Que la comunicación para la salud implica generar estrategias y herramientas destinadas a incorporar en la población hábitos y conductas de vida saludables, apuntando a fortalecer la promoción de la salud y la prevención de enfermedades, basándose en los criterios de la atención primaria de la salud.

Que en función de lo expuesto resulta necesario crear con...

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