Decreto 712. Creación.

Fecha de disposición30 Mayo 2016
Fecha de publicación30 Mayo 2016
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Constitucional
SecciónDecretos

Decreto 712/2016

Creación.

Bs. As., 27/05/2016

VISTO los Decretos N° 357 del 21 de febrero de 2002, N° 13 del 10 de diciembre de 2015 y N° 151 del 17 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, se aprobó el organigrama de aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que por el Decreto N° 13 del 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios.

Que asimismo, por el Decreto N° 151 del 17 de diciembre de 2015 se aprobó la conformación organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que nuestro país y el mundo en el que se integra están en permanente movimiento. Los cambios en los patrones productivos, tecnológicos y demográficos que influyen en la composición de los mercados, la distribución del ingreso y las demandas sociales plantean constantemente nuevos retos.

Que, anticipar tendencias y retos es esencial para guiar y sostener el desarrollo, lo que torna imprescindible delinear una visión de país a largo plazo.

Que en ese marco, resulta necesario la creación del "PROGRAMA ARGENTINA 2030: PENSANDO NUESTRO FUTURO" en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el propósito de generar un espacio de debate que permita la calidad, pluralidad y enfoques multidisciplinarios, a partir de la participación de destacados referentes, que representen diversidad de intereses y orientaciones, con el propósito de elaborar una visión de la REPÚBLICA ARGENTINA a largo plazo que contribuya a orientar y articular la programación de políticas públicas con ese alcance.

Que la SECRETARÍA DE EMPLEO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS han tomado intervención en el ámbito de sus competencias.

Que ha tomado intervención la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y a lo dispuesto por los artículos y 10 de la Ley N° 27.198.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

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