Decreto 809/2014

EmisorMINISTERIO DE CULTURA
Fecha de la disposición29 de Mayo de 2014



MINISTERIO DE CULTURA

Decreto809/2014Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Creación. Desígnase Director.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente Nº 2463/14 del registro de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley Nº 26.895 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014; los Decretos Nº 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y Nº 1058 de fecha 19 de junio de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio del Decreto Nº 641/14 se modificó la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92), disponiéndose la creación del MINISTERIO DE CULTURA, determinándose sus competencias.

Que entre las competencias del MINISTERIO DE CULTURA, se encuentra dirigir las políticas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

Que a través del Decreto Nº 1058/02 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA.

Que la citada norma establece que es Responsabilidad Primaria de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS entender, conducir y planificar estrategias para la investigación, promoción, rescate, preservación, estímulo, mejoramiento, acrecentamiento y difusión en el ámbito nacional e internacional del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e intangible, inmaterial y oral, en todos los campos en que el mismo se desarrolle.

Que, en ese marco, se ha propuesto la creación del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a los efectos de difundir, comunicar, exhibir y concientizar a todos los habitantes de la nación acerca de la soberanía argentina sobre las Islas, particularmente las Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

Que entre los objetivos fundamentales asignados a dicho Museo se encuentra la reivindicación de los cimientos inobjetables de la soberanía nacional sobre las Islas, a través de la fundamentación histórica, la fauna y la flora, la cercanía geográfica y la extensión insular como parte de la topografía patagónica.

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden...

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