Decreto 506. Modificación de la Reglamentación de la Ley de Impuestos Internos.

Fecha de disposición05 Junio 2018
Fecha de publicación05 Junio 2018
MateriaDerecho Fiscal
SecciónDecretos

IMPUESTOS

Decreto 506/2018

Modificación de la Reglamentación de la Ley de Impuestos Internos.

Ciudad de Buenos Aires, 04/06/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-20197788-APN-DGD#MHA, la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones, su reglamentación, aprobada por el artículo 1° del Decreto Nº 296 de fecha 31 de marzo de 1997 y sus modificaciones y el Título III de la Ley N° 27.430, y

CONSIDERANDO:

Que por el Capítulo 1 del Título III de la Ley Nº 27.430, entre otras cuestiones, se sustituyeron las tasas de impuestos internos correspondientes a los productos comprendidos en el Capítulo I del Título II de la Ley de Impuestos Internos, texto sustituido por la Ley Nº 24.674 y sus modificaciones, relativo al tabaco.

Que la misma ley estableció una nueva forma de calcular el impuesto mínimo aplicable a los cigarrillos, transformándolo en un importe fijo actualizable por trimestre calendario, sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC), que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos, considerando las variaciones acumuladas de dicho índice desde el mes de enero de 2018, inclusive.

Que también introdujo la figura del impuesto mínimo para los cigarros, los cigarritos y los tabacos para ser consumidos en hoja, despalillados, picados, en hebras, pulverizados (rapé), en cuerda, en tabletas y despuntes, previendo igual mecanismo de actualización.

Que se considera necesario precisar algunos aspectos del modo en el que se implementarán las futuras actualizaciones de los montos de impuesto interno mínimo antes referidos.

Que los Servicios Jurídicos competentes han tomado la intervención que les corresponde.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99 inciso 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° Incorpórase como...

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