Decreto 494-2010

Fecha de la disposición14 de Abril de 2010

DECRETO N° 0494

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

06 ABR 2010

VISTO:

El expediente Nº 00103-0039626-6 y sus agregados Nros. 00103-0038524-8 y 00103-0038578-7 del registro del Sistema de Información de Expedientes, en el cual la Municipalidad de Armstrong decidió adherirse al FONDO FEDERAL SOLIDARIO implementado según Decreto Provincial Nº 0486/09; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nacional de necesidad y urgencia Nro. 0206/09 se crea el Fondo Solidario con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes;

Que dicho fondo compuesto por el Treinta por ciento (30%) de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en conceptos de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y derivados será distribuido en forma automática entre las Provincias que adhieran, como así también entre los Municipios de las Provincias adheridas, concurriendo estas según los porcentajes adjudicados a cada una de ellas por la Ley 23.548 y sus modificatorias;

Que por Decreto Provincial Nro. 486/09, la Provincia adhiere al Decreto Nacional 206/09, aplicando las sumas recibidas del Fondo Federal Solidario en los términos y con los alcances indicados por el mismo;

Que por el artículo 2do. de la referida norma se destina el Treinta por ciento (30%) de las sumas que reciba la Provincia provenientes del Fondo Federal Solidario a los Municipios y Comunas que adhieran expresamente al mismo, con destino a las finalidades previstas en la norma con expresa prohibición de utilizarlas para financiamiento de los gastos corrientes;

Que mediante Decreto Municipal Nº 1322 de fecha 10 de diciembre de 2009, la Municipalidad de Armstrong decidió adherir al Fondo Federal Solidario, acorde a las formalidades previstas por el Decreto Nº 517 del 06 de abril de 2009;

Que el artículo 4to. del Decreto Nº 486/09 establecía, como límite para la adhesión correspondiente, el día 13 de abril de 2009, no obstante se decide por el presente acto aceptar la solicitud de las Municipalidad de Armstrong atento al carácter solidario del Fondo citado;

Que la incorporación de este Municipio al total de Municipalidades y Comunas adheridas, conlleva a la modificación de los porcentajes de distribución establecidos por el Decreto 697 de fecha 30 de abril de 2009, conforme el mecanismo de asignación previsto por los artículos y del Decreto Nº 486/09;

Que a fin de establecer los índices de distribución directa aplicables, corresponde considerar los coeficientes de coparticipación vigentes a la fecha, o sea, los previstos como definitivos 2008 y provisorios 2009 por el Decreto Nº 0696/09 para las Municipalidades, y los establecidos por el Decreto Nº 0695/09 para las Comunas durante el trienio 2009-2011;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º

Acéptase y dése por cumplimentada la adhesión de la Municipalidad de Armstrong Departamento Belgrano al Decreto Nº 486/09, con las formalidades previstas en el Decreto Nº 517/09.

ARTICULO 2º

Apruébense los índices directos de distribución del porcentaje que corresponde a las Municipalidades y Comunas de la Provincia sobre el Fondo Federal Solidario creado por el decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 206/09, que como Anexo “A” forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 3º

Los índices de distribución establecidos en el artículo precedente, deberán aplicarse a partir de la transferencia quincenal...

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