Decreto 486-2009
Fecha de la disposición | 30 de Marzo de 2009 |
DECRETO Nº 0486
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
30 de Marzo de 2009
V I S T O:
El Expediente Nº 00301-0059647-7 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, -MINISTERIO DE ECONOMÍA- y el Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional 206/09 de fecha 20 de marzo de 2009; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del mencionado decreto de necesidad y urgencia del Poder Ejecutivo Nacional se crea el Fondo Federal Solidario “con la finalidad de financiar en Provincias y Municipios obras que contribuyan a la mejora de la infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanos o rurales, con expresa prohibición de utilizar las sumas que lo compongan para el financiamiento de gastos corrientes”;
Que el decreto mencionado expresa en sus considerandos que tiene “una clara finalidad solidaria de reparto de recursos de origen federal para refuerzo de los presupuestos destinados a infraestructura en las Provincias y en cada uno de los Municipios de aquéllas que adhieran”. Agregando que “resulta por demás claro que el establecimiento de un fondo de esta naturaleza, que directamente deriva del Tesoro Nacional a las Provincias y Municipios en forma automática, fortalecerá los presupuestos de esos niveles de gobierno a la vez que aportará a una rápida aplicación directa en mejora de infraestructura”, manifestando asimismo que “se trata de un enorme esfuerzo fiscal nacional, para fortalecimiento presupuestario de las Provincias y Municipios”;
Que el fondo federal solidario está compuesto por “el TREINTA POR CIENTO (30 %) de las sumas que el Estado Nacional efectivamente perciba en conceptos de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados”;
Que dicho fondo será distribuido en forma automática entre sus únicos beneficiarios, esto es, las Provincias que adhieran por medio del Banco de la Nación Argentina y los Municipios de las Provincias adheridas, concurriendo éstas según los porcentajes adjudicados a cada una de ellas por la Ley 23.548 y sus modificatorias, estableciendo un derecho de acrecer en caso que haya provincias que no adhieran al Decreto Nº 206/09;
Que el artículo 4º del decreto al que éste adhiere dispone que “las Provincias que expresen su adhesión… deberán establecer un régimen de reparto automático que...
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