Decreto 2315/2013

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición20 de Diciembre de 2013



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto2315/2013Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil. Apruébase estructura organizativa.

Bs. As., 20/12/2013

VISTO el Expediente N° S02:0084705/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.784, aprobatoria del Presupuesto General de la Administración Pública Nacional para el ejercicio 2013, los Decretos N° 1193 de fecha 24 de agosto de 2010, N° 874 y N° 875, ambos de fecha 6 de junio de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1193/10 se estableció que la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC) desarrollaría su acción como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, con autarquía económico-financiera, personalidad jurídica propia y con capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que por conducto del Decreto N° 874/12 se transfirieron las competencias en materia de transporte del ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, sustituyendo su denominación por la de MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el Decreto N° 875/12 transfirió la SECRETARIA DE TRANSPORTE, sus dependencias y organismos descentralizados a la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, entre ellas la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC).

Que deviene menester dotar a la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC) de una estructura organizativa que resulte receptiva de las diversas funciones que se ejercen en su órbita y le permitan optimizar el cumplimiento de sus funciones.

Que por el Artículo 6° de la Ley N° 26.784 se dispuso la prohibición de aprobar incrementos en los cargos y horas de cátedra que excedan los totales fijados para cada jurisdicción, organismo descentralizado e institución de la seguridad social.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y por los artículos y 10° de la Ley N° 26.784.

Por ello,

LA PRESIDENTA

DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

— Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones, que, como Anexos I y II, forman parte integrante de la presente medida.

Art. 2°

— Facúltase al titular de la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC) a aprobar la estructura organizativa de nivel inferior a la aprobada por el Artículo 1°, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, debiendo prever un máximo de CUATRO (4) cargos de conducción.

Art. 3°

— Facúltase al titular de la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC) a aprobar y modificar el Anexo de Dotación del Organismo, de acuerdo a los cargos aprobados por las Leyes de Presupuesto de la Administración Pública Nacional vigentes, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4°

— Créase con dependencia directa del Presidente de la JUNTA DE INVESTIGACION DE ACCIDENTES DE AVIACION CIVIL (JIAAC), el cargo extraescalafonario de Auditor Interno Titular, con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 10 con Función Ejecutiva I del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por Decreto N° 2.098/08.

Art. 5°

— Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 30 —MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE— para el Ejercicio 2013, de acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 6°

— El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados al Servicio Administrativo Financiero 325 - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - Jurisdicción 30.

Art. 7°

— Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

ANEXO II

JUNTA DE INVESTIGACION DE...

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