Decreto 1416/2013

Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2013



AGENCIA DE ADMINISTRACION

DE BIENES DEL ESTADO

Decreto1416/2013Transferencia y reasignación de inmuebles. Decretos Nº 380/2001 y Nº 1382/2012. Modificación. Decreto Nº 2045/1980. Derogación.

Bs. As., 18/9/2013

VISTO el Expediente Nº 41/2013 del Registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nº 26.122, 25.413 y sus modificatorias y 26.784, los Decretos Nros. 2045 del 24 de septiembre de 1980, 922 del 16 de julio de 2009, 902 del 12 de junio de 2012, 1382 del 9 de agosto de 2012, 1722 y 1723, ambos del 20 de septiembre de 2012 y 380 del 29 de marzo de 2001 y sus modificaciones y la Resolución de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 469 del 15 de abril de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2045/80 se reglamentaron diversas cuestiones en relación al régimen inmobiliario estatal con el objeto de perfeccionar las prescripciones relativas a la gestión del patrimonio inmobiliario fiscal.

Que por Decreto Nº 902/12 se constituyó el FONDO FIDUCIARIO PUBLICO denominado PROGRAMA CREDITO ARGENTINO DEL BICENTENARIO PARA LA VIVIENDA UNICA FAMILIAR (Pro.Cre.Ar), con el objeto de facilitar el acceso a la vivienda propia de la población y la generación de empleo como políticas de desarrollo económico y social.

Que, asimismo, y en el marco del referido decreto, fueron desafectados de su jurisdicción de origen diversos inmuebles del ESTADO NACIONAL que no tenían destino específico o eran innecesarios para la gestión del servicio al que se encontraban afectados, para ser destinados a la construcción de viviendas y desarrollo integral de proyectos urbanísticos e inmobiliarios, con el objeto de mejorar y facilitar el acceso a la vivienda a sectores socio-económicos medios de la población.

Que por Decreto Nº 1382/12, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO (AABE), organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objetivo de llevar a cabo la ejecución de políticas, normas y procedimientos relacionados con la disposición y administración de inmuebles del ESTADO NACIONAL en uso, concesionados y desafectados, posibilitando la puesta a disposición de los mismos de manera ágil y dinámica.

Que del estudio de los bienes del Estado Nacional que realizara la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO (AABE) con motivo de su creación, se observa la afectación al Pro.Cre.Ar de un conjunto de inmuebles que fueran oportunamente requeridos a dicho Organismo por parte de diversas jurisdicciones o entidades, a los fines de lograr la ejecución de políticas públicas dentro del marco de sus competencias.

Que, por otra parte, mediante los Decretos Nros. 1722/12 y 1723/12 fueron desafectados del uso un conjunto de inmuebles pertenecientes al dominio privado del ESTADO NACIONAL, que se encontraban en jurisdicción de la ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E. y de la DIRECCION DE CONSTRUCCIONES PORTUARIAS Y VIAS NAVEGABLES, ambas actualmente en jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con destino a la creación de un Polo Industrial Audiovisual y a Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano e Inmobiliario.

Que los Decretos mencionados precedentemente prevén la constitución de DOS (2) sociedades anónimas, cuyo accionista mayoritario será la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).

Que por Ley Nº 4477 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, se aprobó la rezonificación urbanística de los inmuebles consignados en el Anexo I del Decreto Nº 1723/12.

Que en la Sección 3, parágrafo 3.1.2, “Proporción de terreno destinado a uso y utilidad pública” del Código de Planeamiento Urbano de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES se establece que en el parcelamiento de tierras de propiedad del ESTADO NACIONAL sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público, se transferirá a la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES...

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