Decreto 1567/2008

EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2008

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Decreto 1567/2008

Dase por designada Asesora de Gabinete de la Subsecretaría de Organización y Capacitación Popular, dependiente de la Secretaría de Organización y Comunicación Comunitaria.

Bs. As., 29/9/2008

VISTO la Decisión Administrativa Nº 477 del 16 de setiembre de 1998, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Ley Nº 26.337, la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2008, el Expediente Nº E-28653-2008 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que la Decisión Administrativa Nº 477/98 en su artículo 1º constituye el Gabinete de los señores VICEPRESIDENTE DE LA NACION, Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Secretarios, Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, el Procurador del Tesoro de la Nación, el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Coordinador General de la Unidad de Comunicación Presidencial y al FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas, que se detallan en la planilla anexa al mismo.

Que el Artículo 3º de la Decisión Administrativa mencionada establece que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas en los términos de su artículo 2º, podrá ser administrado por el VICEPRESIDENTE DE LA NACION, Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, por el Secretario General de la PRESIEENCIA DE LA NACION, por los Secretarios y Subsecretarios, por el Jefe de la Casa Militar, el Procurador del Tesoro de la Nación y el Secretario Legal y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el Coordinador General de la Unidad de Comunicación Presidencial y el FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION.

Que el Decreto Nº 491/02 establece que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada --en los términos del artículo 2º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001-- en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que la Decisión Administrativa Nº 01/08 establece la Distribución de los gastos corrientes y de capital, los...

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