Decreto 1409/2008

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 4 de Septiembre de 2008

Que en cumplimiento de los Artículos 4º y 5º del Anexo I del Decreto Nº 966/2005, la COMISION DE EVALUACION Y DESARROLLO DE INICIATIVAS PRIVADAS ha verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad previstos en el régimen del citado Decreto, elevando un informe circunstanciado sobre el proyecto aconsejando su elegibilidad, y constatado la constitución de la garantía exigida.

Que la iniciativa presentada propone el diseño, construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual traza del 'Ferrocarril Trasandino Central', en la Provincia de MENDOZA..

Que las jurisdicciones correspondientes en razón de la materia han tomado la intervención que les compete en función de lo previsto en el Artículo 4º del Anexo I del Decreto Nº 966/2005, habiendo emitido los informes circunstanciados allí exigidos.

Que en tal sentido se ha expedido la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS señalando que merece especial atención el impacto que este proyecto tendrá respecto de las economías regionales, dinamizándolas a partir de la generación de mano de obra directa e indirecta a lo largo del trazado, sumándose a ello el importante beneficio social que traerá aparejada su concreción, permitiendo la radicación y/o permanencia de núcleos habitacionales asociados con los beneficios en términos de integración y calidad de vida.

Que por su parte la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (CNRT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS comparte las consideraciones vertidas por la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO.

Que sin perjuicio de las características precisas del proyecto de referencia, que oportunamente serán definidas en la instancia administrativa propia del procedimiento de selección del contratista, la propuesta de iniciativa privada resulta acorde con la política de desarrollo de la economía encarada por el ESTADO NACIONAL.

Que el Gobierno de la REPUBLICA DE CHILE, cuya titularidad ejerce la Doctora Michelle BACHELET, ha considerado de interés público la construcción y explotación del Ferrocarril Trasandino Central.

Que la iniciativa presentada abre la posibilidad de importantes inversiones a riesgo empresario en el desarrollo de proyectos de infraestructura, con la generación de altos beneficios para la sociedad en su conjunto.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL determinar la incorporación de la propuesta --por su envergadura e interés-- al Régimen de Iniciativa Privada que establece el Decreto Nº 966/2005.

Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, es la Autoridad de Aplicación e interpretación del Decreto Nº 966/2005, conforme lo dispuesto en su Artículo 6º.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley Nº 17.520, modificada por su similar Nº...

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