Decreto 2731/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación01 Febrero 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº S04:0021054/2011 del registro del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), organismo descentralizado de la SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS; las Leyes Nros. 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 y complementada por el Decreto Nº 2054, ambos del 22 de diciembre de 2010 y 26.728 aprobatoria del Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002, 601 del 11 de abril de 2002 y 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de las citadas Leyes se estableció que las jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL de conformidad con lo dispuesto por el artículo 10 de dichas leyes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO (INADI), se han efectuado diversas reasignaciones de funciones, solicitando dicho organismo, la cobertura transitoria de UN (1) cargo Nivel C, Grado 0, vacante y financiado del citado Instituto.

Que la persona propuesta reúne los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo referido.

Que a los efectos de implementar la referida cobertura transitoria resulta necesario designar a la persona que se propone con carácter de excepción a lo establecido por el artículo 7° de las citadas Leyes.

Que la cobertura del cargo en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno, contándose con el crédito necesario.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601/02.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico del MINISTERIO DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR