Decreto 62/2013

Fecha de disposición22 Enero 2013
Fecha de publicación01 Febrero 2013
SecciónDecretos

Bs. As., 22/1/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0020986/2011 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10, y complementada por el Decreto Nº 2054/10, y Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 364 del 29 de marzo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.

Que mediante el Decreto Nº 364/11 se ha designado transitoriamente en la planta permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, al Doctor Juan Ignacio TOLOSA (DNI Nº 29.581.303) Nivel C - Grado 0, en el cargo de Delegado de la DELEGACION PUERTO MADRYN dependiente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.

Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido, por lo que resulta indispensable prorrogar la mencionada designación por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE

DE LA NACION ARGENTINA

EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO

DECRETA:

Artículo 1°

— Dase por prorrogado a partir del 17 de diciembre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida, el plazo establecido por el Decreto Nº 364 del 29 de marzo de 2011...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR