Decreto 402/2021

Fecha de publicación22 Junio 2021
SecciónDecretos
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2019-58573926-APN-DGD#MHA y los Expedientes Nros. EX-2019-58584341-APN-DGD# MHA, EX-2019-58587466-APN-DGD#MHA, EX-2019-58738797-APN-DGD#MHA, EX-2019-58739160-APN-DGD#MHA, EX-2019-58742106-APN-DGD#MHA, EX-2019-58742450-APN-DGD#MHA y EX-2019-58742634-APN-DGD#MHA, en tramitación conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que PROLECH S.A. (C.U.I.T. Nº 33-70126565-9) fue declarada beneficiaria del Régimen de Promoción No Industrial instaurado por el último párrafo del artículo 51 de la Ley N° 24.938 y por el Decreto N° 1074 del 14 de septiembre de 1998, mediante el Anexo III del Decreto Nº 1536 del 24 de diciembre de 1998, otorgándose las franquicias dispuestas en los artículos 2º y 11 de la Ley Nº 22.021 y sus modificaciones.

Que el objeto del proyecto consistía en la instalación de un tambo intensivo de TRESCIENTAS CINCUENTA (350) hectáreas, con QUINIENTAS (500) vacas en ordeñe con una producción individual promedio de VEINTICUATRO (24) litros de leche, debiendo localizarse el emprendimiento en Santa Elena, Departamento La Paz, Provincia de ENTRE RÍOS.

Que ese proyecto se concretaría mediante una inversión total de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS ($1.467.400), debiendo contar con una dotación de SEIS (6) personas con carácter permanente a partir del inicio de actividades.

Que el 24 de noviembre de 2003 el Gobierno Provincial extendió a PROLECH S.A. el Certificado de Inicio de Ejecución de Inversiones N° 1.

Que del análisis de la verificación practicada oportunamente a PROLECH S.A. por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, actual MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Dirección Nacional de Incentivos Promocionales de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS detectó presuntos incumplimientos en la variable producción durante los Ejercicios 2007 a 2010 y la presunta utilización en exceso del beneficio de exención en el Impuesto a las Ganancias en el Ejercicio 2008 y en el período 2010 a 2013, ambos inclusive.

Que, en tal sentido, el 30 de noviembre de 2015 tomó intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, estimando pertinente ordenar la apertura sumarial a PROLECH S.A., con el fin de verificar las presuntas infracciones detectadas e imponer, en caso de corresponder, las sanciones pertinentes.

Que, en consecuencia, el 16 de enero de 2017 la titular de la SUBSECRETARÍA DE INGRESOS PÚBLICOS de la SECRETARÍA DE HACIENDA del ex-MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS ordenó la sustanciación sumarial a PROLECH S.A. en el marco de la Resolución N° 221 del 15 de agosto de 2003 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que atento a ello, la Instrucción Sumariante actuante confirió vista de las actuaciones en los términos del artículo 8° del Anexo de la Resolución N° 221/03 del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, para que la sumariada exponga los hechos y derechos que hicieren a su defensa, y ofrezca todas las pruebas de que intentara valerse.

Que PROLECH S.A. presentó su descargo y en primer lugar opuso defensas contra la PV-2017-01383322-APN-DGAJ#MHA de LA DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del ex-MINISTERIO DE HACIENDA según la cual, a su criterio, se pretende aplicar sanciones sobre hechos que no constituyen infracciones ni ilícitos de la sociedad.

Que, luego, planteó la excepción de prescripción de la acción de la autoridad de aplicación para juzgar los períodos...

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