Decreto 1751/2012
Fecha de disposición | 21 Septiembre 2012 |
Fecha de publicación | 01 Octubre 2012 |
Sección | Decretos |
Bs. As., 21/9/2012
VISTO el Expediente Nº S02:0018298/2011 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley Nº 26.546 prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 2135 del 30 de diciembre de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción o entidad correspondiente.
Que mediante el Decreto Nº 2135/10 se han designado transitoriamente en la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a los agentes involucrados en la presente medida, en los términos del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura de los cargos en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles por lo que resulta indispensable prorrogar dichas designaciones por un período adicional de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más.
Que la Ley Nº 26.546 fue prorrogada para el Ejercicio 2011 en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.
Que asimismo a través de la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y a tenor de lo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
Por ello,
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
— Dase por prorrogado a partir del 1º de octubre de 2011 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles más, contados a partir del dictado de la presente medida, el...
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