Decreto 1307/2011

Fecha de disposición26 Agosto 2011
Fecha de publicación31 Agosto 2011
SecciónDecretos
Número de Gaceta32224

Bs. As., 26/8/2011

VISTO el Expediente Nº S02:0008319/2011 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010 aprobado por la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053 del 22 de diciembre de 2010 y complementada por el Decreto Nº 2054 del 22 de diciembre de 2010, los Decretos Nº 1102 del 26 de agosto de 1981, Nº 491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.546 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el Decreto Nº 2054/10.

Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del artículo 10 de la citada Ley.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR solicita la designación transitoria del Lic. D. Marcelo Francisco TALLAVIA en UN (1) cargo de la planta permanente (Coordinador, Nivel B - Grado 0) de la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DEL INTERIOR, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de la mencionada dependencia.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en cargos de planta permanente y no permanente.

Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no implica exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08 y con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.546, prorrogada en los términos del Decreto Nº 2053/10 y complementada por el...

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