Decreto 1167/2007
Fecha de disposición | 05 Septiembre 2007 |
Fecha de publicación | 05 Septiembre 2007 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 31232 |
Dase por prorrogada la designación transitoria del titular de la Delegación Técnico Administrativa dependiente de la Secretaría de Deporte.
Bs. As., 3/9/2007
VISTO el expediente Nº 4433/2007 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.198, los Decretos Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 1996 del 28 de diciembre de 2006 y lo solicitado por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2007.
Que mediante el Decreto Nº 1996/06 se dio por prorrogada la designación transitoria efectuada oportunamente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, en un cargo Nivel B - Grado 0 con Función Ejecutiva Nivel III, como titular de la DELEGACION TECNICO ADMINISTRATIVAdependiente de la SECRETARIA DE DEPORTE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a D. Alejandro Gabriel LANDONI.
Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación mencionada precedentemente, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días como excepción a lo establecido en el TITULO III, CAPITULO III y artículo 71 - primer párrafo, primera parte, del Anexo I del Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selección previsto.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.
Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6º, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y Técnico Nº 4/02.
Que el agente involucrado en la presente medida, se encuentra exceptuado de lo establecido en el referido artículo 6º del Decreto Nº 601/02 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención correspondiente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones...
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