DECRETO 2968 / 2021 DECRETO / 2021-11-10

Fecha de publicación25 Noviembre 2021
Fecha10 Noviembre 2021
Número de Gaceta30.110
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 2.968/3 (SH), del 10/11/2021.
EXPEDIENTE N° 1889/222-T-2021.
VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de Trancas, solicita provisión de fondos, en el marco de la Ley N° 8.829, destinada prioritariamente al pago del adicional no remunerativo y no bonificable, correspondiente a noviembre de 2021, otorgado mediante Decreto N° 2595/3 (ME) del 19 de octubre de 2021, al personal del citado municipio, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 8.829 autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir convenios de préstamos con las municipalidades, así como a otorgar asistencias financieras, para ser destinados a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales.
Que mediante Decretos N° 2036/3(ME) del 24 de agosto de 2021, se faculta al Ministro de Economía a suscribir con las Municipalidades el Convenio de Asistencia Garantizada.
Que los fondos cuya provisión se tramitan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria de la Municipalidad de Trancas; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía a emitir el correspondiente comprobante Anticipo de Fondos Extrapresupuestarios, de acuerdo a la Ley N° 8.825.
Que además la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante entre los fondos puestos a disposición y las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la Ley N° 8.825.
Que a foja 2 la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales requiere, además, se afecten los saldos remanentes de órdenes de pago de meses anteriores emitidas a favor del Municipio, para ser aplicados al pago prioritario de haberes del período establecido en la Cláusula 1° del Convenio mencionado.
Por ello, atento a lo informado por Contaduría General de la Provincia a foja 3, Dirección General de Presupuesto a foja 4, el Departamento de Asesoría Letrada de la Secretaría de Estado de Hacienda a foja 5 y al Dictamen Fiscal N° 2343 del 09 de noviembre de 2021, obrante a fojas 7/8 de estos actuados,

EL VICE-GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
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