Decreto 985/2007

Fecha de disposición30 Julio 2007
Fecha de publicación30 Julio 2007
SecciónDecretos
Número de Gaceta31206

Designaciones transitorias en la planta permanente de la Casa Militar.

Bs. As., 25/7/2007

VISTO la Ley Nº 26.198 aprobatoria del Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el ejercicio 2007, los Decretos Nº 993/91 t.o. 1995, Nº 491 del 12 de marzo de 2002 y Nº 601 del 11 de abril de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 1 del 15 de enero de 2007 y lo solicitado por la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y CONSIDERANDO:

Que el artículo 7º de la citada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros o del Poder Ejecutivo Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la referida ley.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el Poder Ejecutivo Nacional a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que el Jefe de la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION solicita la cobertura transitoria de diversos cargos vacantes financiados existentes en la planta de personal permanente de la citada Jefatura.

Que las personas propuestas reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos a cubrir.

Que a los efectos de implementar las referidas coberturas transitorias, resulta necesario proceder a la designación del personal que se propone, con carácter de excepción a lo establecido en el Título III, Capítulos I y II del Anexo I al Decreto Nº 993/91 t.o. 1995 y a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº 26.198.

Que la cobertura de los cargos en cuestión no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto de la Jurisdicción 20-01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente, de acuerdo con la Decisión Administrativa Nº 1/07.

Que se ha dado debido cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6º del Decreto Nº 601/ 02.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de la Secretaría Legal y Técnica de la...

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