DECRETO 273 / 2023 DECRETO / 2023-02-06

Fecha de publicación01 Marzo 2023
Fecha06 Febrero 2023
Número de Gaceta30.421
SecciónSección Legislación y Normativa Provincial

DECRETO N° 273/3 (SH), del 06/02/2023.
EXPEDIENTE N° 185/222-T-2023.-
VISTO el presente expediente mediante el cual la Municipalidad de Trancas gestiona el otorgamiento de una asistencia financiera reintegrable, destinada a los conceptos establecidos en el artículo 1° de la Ley N° 8829, prioritariamente al pago de haberes de enero de 2023 (incluida asignación doble), y
CONSIDERANDO:
Que la citada norma legal autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir convenios de préstamos con las municipalidades, así como a otorgar asistencias financieras para ser destinadas a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales.
Que mediante Decreto N° 102/3(ME) del 23 de enero de 2023, se faculta al Ministro de Economía a suscribir con las Municipalidades el Convenio de Asistencia Garantizada.
Que a foja 2 la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaria de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales requiere, además, se afecten los saldos remanentes de órdenes de pago de meses anteriores emitidas a favor del municipio, al pago prioritaria mente de haberes por el periodo establecido en la cláusula segunda del convenio mencionado.
Que asimismo los fondos cuya provisión se gestionan serán transferidos a través de la Cuenta Fiduciaria de la Municipalidad de Trancas; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, a emitir el correspondiente comprobante de Anticipo de Fondos Extrapresupuestarios, según disposición Ley N° 8.825.
Que además la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante, tanto la puesta a disposición de fondos como las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la Ley N° 8.825.
Por ello, atento lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 3, Dirección General de Presupuesto a foja 4, el Departamento de Asesoría Letrada de la Secretaria de Estado de Hacienda a foja 5 y al Dictamen Fiscal N° 309 del 3 de febrero de 2023, obrante a fojas 7/8, de estos actuados,

EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:

ARTICULO 1°.- Otórgase -por los motivos expuestos en el considerando que...

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