Decreto 242/2022

Fecha de publicación06 Mayo 2022
SecciónDecretos
EmisorLEY DE TRÁNSITO


Ciudad de Buenos Aires, 05/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2019-68595851-APN-DGA#ANSV, las Leyes Nros. 24.449, 26.353 y 26.363 y sus modificatorias y los Decretos Nros. 1842 del 10 de octubre de 1973, 2658 del 23 de octubre de 1979, 779 del 20 de noviembre de 1995, 1232 del 11 de septiembre de 2007, 1716 del 20 de octubre de 2008 y 437 del 11 de abril de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y se estableció como misión primaria del organismo la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e internacionales; asimismo, se la constituyó como autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales, previstas en la normativa vigente en la materia.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme lo establecen los incisos b) y h), respectivamente, del artículo 4° de la citada Ley N° 26.363, se destacan la de propiciar la actualización de la normativa en materia de seguridad vial y el diseño de un sistema de puntos aplicable a la Licencia Nacional de Conducir.

Que, oportunamente, mediante el Decreto N° 1842/73 se creó la COMISIÓN NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE LOS ACCIDENTES DE TRÁNSITO, la cual cambió su denominación a COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL, en virtud de lo establecido por el Decreto N° 2658/79.

Que en el artículo 96 de la Ley N° 24.449 de Tránsito se dispone que la referida COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL mantiene en jurisdicción nacional las funciones asignadas por su normativa de creación.

Que en el apartado 9 del Anexo T -SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL- del Decreto N° 779/95 se establece que la referida COMISIÓN NACIONAL DEL TRÁNSITO Y LA SEGURIDAD VIAL es el organismo de coordinación en jurisdicción nacional en lo relativo al tránsito de los vehículos afectados a los servicios de transporte de pasajeros y cargas de carácter interjurisdiccional, quedando facultada para ejercer las funciones que en el mismo se establecen.

Que el 15 de agosto de 2007 se suscribió el CONVENIO FEDERAL SOBRE ACCIONES EN MATERIA DE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL entre los representantes del ESTADO NACIONAL, de las Provincias de BUENOS AIRES, de CATAMARCA, de CÓRDOBA, de CORRIENTES, del CHACO, del CHUBUT, de ENTRE RÍOS, de FORMOSA, de JUJUY, de LA PAMPA, de LA RIOJA, de MENDOZA, de MISIONES, del NEUQUÉN...

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