DECRETO 2266 / 2020 DECRETO de 30 de Noviembre de 2020

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Diciembre de 2020
Fecha de la disposición30 de Noviembre de 2020
Número de Boletín29872
Fecha de Publicación 3 de Diciembre de 2020
Número de documento79507

DECRETO N° 2.266/3 (ME), del 30/11/2020.-

VISTO la Ley N° 8873, restablecida por Ley N° 9236, Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 36 de la ley restablecida citada en el Visto, faculta al Poder Ejecutivo a prorrogar el término previsto en el artículo 4° de la referida norma por un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles administrativos;

Que teniendo presente la voluntad puesta de manifiesto por los sujetos pasivos de regularizar sus obligaciones tributarias a través del Régimen Excepcional de Facilidades de Pago restablecido por Ley N° 9236, es que se estima conveniente y necesario prorrogar el mismo hasta el 22 de diciembre de 2020 inclusive, a los fines que todos los contribuyentes y responsables puedan regularizar su situación fiscal mediante la adhesión al citado régimen;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1° Prorrogar hasta el día 22 de diciembre de 2020 inclusive, el término previsto en el artículo 4° de la Ley N° 8873, restablecida por Ley N° 9236, con los alcances establecidos en el inciso c) de su artículo 5°, sustituido por el apartado a) del inciso 5) del artículo de la citada Ley N° 9236.
ARTICULO 2° El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Economía.
ARTICULO 3° Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR