Decreto 2742/2002

Fecha de disposición22 Enero 2003
Fecha de publicación22 Enero 2003
SecciónDecretos
Número de Gaceta30073

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decreto 2742/2002

Modificación del Decreto N° 1300/2002, por el que se aprobó el primer nivel operativo de la estructura organizativa de la citada Jurisdicción, incorporando la Dirección de Infracciones Ambientales.

Bs. As., 31/12/2002

VISTO el expediente N° E-16630-2002 del Registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, el Decreto N° 1300 del 22 de julio de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1300/2002 se aprobó el primer nivel operativo de la estructura organizativa del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que en la citada estructura no se contempló la subsistencia de un área que tuviera a su cargo tramitación de los sumarios previstos en las leyes de las que la SECRETARIA DE AMBIENTE DESARROLLO SUSTENTABLE del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL es Autoridad Aplicación, con facultad para imponer sanciones a los infractores, previo sumario infraccional les asegure el ejercicio de su derecho de defensa.

Que dicha unidad organizativa con las funciones mencionadas deviene imprescindible para diligente ejercicio del poder de policía que la legislación ambiental encomienda a la mencionada Secretaría.

Que no contarse con la Dirección encargada de tramitar los sumarios por infracciones ambientales se produciría un vacío legal, dado que la normativa específica contempla los sumario previos a la aplicación de sanciones, no existiendo a la fecha en el organigrama vigente del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, un área que tenga facultades para sustanciarlos, por lo que se vulneraría el derecho de defensa de los administrados.

Que en tal sentido, corresponde efectuar las adecuaciones pertinentes en la estructura aprobada para el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en la parte correspondiente a la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de dicho departamento de estado, con el fin asegurar el eficaz y eficiente cumplimiento de las funciones que le fueran encomendadas.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1°, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Sustitúyese del Decreto N° 1300 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR