Decreto 240/1996
Fecha de disposición | 13 Marzo 1996 |
Fecha de publicación | 13 Marzo 1996 |
Sección | Decretos |
Número de Gaceta | 28353 |
Decreto 240/96 del 8/03/96 INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS
Decreto 240/96
Dispónese la transformación del citado Instituto.
Bs. As., 8/3/96
VISTO el expediente Nº 2002-2419/96-5 del registro del MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, la Ley 24.629, los Decretos Nº 492 del 22 de septiembre de 1995 y Nº 587 del 13 de octubre de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 11 de Decreto citado en primer término se dispuso la disolución y liquidación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS creado por la Ley 19.322, modificada por la Ley 19.761, manteniéndose el aporte fijado en el artículo 17 inciso f) de la referida Ley hasta que se completara el financiamiento del proceso de liquidación, facultándose a transferir bienes y personal del citado Instituto al agente del SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD que organice a la entidad sindical correspondiente, en las condiciones que se acuerden.
Que con motivo de una medida cautelar judicial decretada en los autos caratulados "INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL s/AMPARO Ley 16.986 se dictó el Decreto Nº 587 del 13 de octubre de 1995, disponiéndose la intervención del aludido INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS hasta tanto se pronuncie definitivamente el PODER JUDICIAL DE LA NACION sobre la aplicación del artículo 11 del Decreto Nº 492/95.
Que la EXCELENTISIMA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL de la CAPITAL FEDERAL, - Sala IV - resolvió los mencionados actuados, confirmando la sentencia dictada en primera Instancia declarando la nulidad del artículo 11 del Decreto Nº 492/95, por entender que no se hallaba vigente la delegación contenida en el artículo 61 de la Ley 23.696.
Que sin que ello importe compartir los criterios de la decisión judicial referida, es necesario resolver la situación del INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS, teniendo en cuenta que subsisten las razones por las cuales resulta procedente la transformación, disolución o liquidación de los Institutos de Servicios Sociales creados por ley, transfiriéndolos al ámbito privado, readecuando sus marcos normativos como consecuencia del proceso de reforma del Estado Nacional.
Que a su vez, es necesario establecer un ordenamiento económico eficiente para evitar toda carga impositiva que recaiga en forma distorsiva, sobre determinados sectores de la producción...
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