Decreto 606/1995

Fecha de disposición15 Mayo 1995
Fecha de publicación15 Mayo 1995
SecciónDecretos
Número de Gaceta28143

Decreto 606/95 del 25/04/95 Ir al texto actualizado

MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION

Decreto 606/95

Créase el Instituto Nacional de Educación Tecnológica (I.N.E.T.).

Bs. As., 25/4/95

VISTO las Leyes Nros. 15.240, 19.206, 22.317, 23.696, 24.049, 24.195 y 24.447, y los Decretos Nros. 2568, de fecha 14 de diciembre de 1993; 2451, de fecha 25 de noviembre de 1993; 180, de fecha 8 de febrero de 1994; 1350, de fecha 5 de agosto de 1994; y 1545, de fecha 31 de agosto de 1994, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley Nº 15.240, modificada por su similar Nº 19.206, se creó el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA con la misión de promover la capacitación, actualización, especialización y formación profesional y artesanal de los recursos requeridos por el proceso de desarrollo y cambio de la Nación, a través de la programación, investigación y supervisión general de la educación técnica.

Que su norma de creación previó la integración de un órgano de Dirección con representantes de los sectores docentes, asociaciones empresarias y organizaciones de trabajadores.

Que es política del Gobierno Nacional transformar al Sistema Educativo con el fin de adecuarlo a los requerimientos sociales, lograr una mayor eficiencia y eficacia en el sector y optimizar la capacitación del potencial humano y la utilización de los recursos materiales.

Que respondiendo a dicha política se sancionó la Ley Nº 24.049 en virtud de la cual se autorizó al Poder Ejecutivo Nacional a transferir a las Provincias y a la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES los servicios educativos administrados en forma directa por el MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION y por el CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA.

Que en el marco de la Ley Nº 24.049 el Poder Ejecutivo Nacional suscribió convenios con todas las Provincias y la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, efectivizándose la transferencia de los establecimientos dependientes del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA.

Que la Ley Federal de Educación Nº 24.195 estableció que el gobierno y administración del Sistema Educativo es una responsabilidad concurrente y concertada del Poder Ejecutivo Nacional, de los Poderes Ejecutivos Provinciales y de la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Que en lo que se refiere específicamente a la formación y capacitación técnico-profesional, la Ley Nº 24.195 ha atribuido competencias concretas al MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION las que han quedado plasmadas en el artículo 53 de la misma, en especial en su inciso m).

Que respondiendo a dicho objetivo, por Decreto Nº 180/94, prorrogado por su similar Nº 1350/94, se dispuso la intervención del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA a fin de determinar la forma jurídica bajo la cual, y en el marco del actual Sistema Educativo, pudieran cumplirse en forma más adecuada, los objetivos que determinaron la creación del citado organismo.

Que así también por el Decreto Nº 1350/94 se amplió hasta el 28 de febrero de 1995 el plazo fijado por el artículo 7 del Decreto Nº 2451/93 para la presentación de la estructura organizativa del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA o del organismo que lo reemplace.

Que por la Ley Nº 24.447 de Presupuesto General de Gastos y Recursos de la Administración Nacional, para el Ejercicio 1995, se centralizaron en los Programas 39 y 40, los créditos correspondientes a la Entidad 803 de la Jurisdicción 70.

Que, con la creación del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, se dotará al MINISTERIO DE CULTURA Y EDUCACION de un instrumento ágil para el cumplimiento acabado de sus cometidos en relación con la educación técnico-profesional.

Que para el eficaz desarrollo de las actividades del INSTITUTO NACIONAL DE EDUCACION TECNOLOGICA, resulta necesario contar con la activa participación de todos los sectores involucrados en la comunidad educativa.

Que en el Plenario final del Consejo Consultivo del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA realizado con fecha 31 de octubre de 1994, se ha plasmado dicho compromiso con las entidades representativas de los sectores docentes, de la empresa y del trabajo.

Que, por lo tanto, mediante la creación del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION-TRABAJO se mantiene y amplía la participación que, dentro del CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA, le cupo a los sectores mencionados.

Que, por otra parte, las medidas que se adoptan se ajusta y responden a la política de Reforma del Estado, en su nueva etapa, plasmada en el Decreto Nº 1545/94.

Que el COMITE EJECUTIVO DE CONTRALOR DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA y la COMISION TECNICA ASESORA DE POLITICA SALARIAL DEL SECTOR PUBLICO han tomado la...

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