DECRETO 2092 / 2019 DECRETO de 18 de Julio de 2019

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Agosto de 2019
Fecha de la disposición18 de Julio de 2019
Número de Boletín29544
Fecha de Publicación 1 de Agosto de 2019
Número de documento73355

DECRETO N° 2.092/3 (SH), del 18/07/2019.

EXPEDIENTE N° 3.217/220-S-2019 y Agr.-

VISTO el presente expediente mediante el cual la Dirección de Relaciones Municipales de la Secretaría de Estado de Coordinación con Municipios y Comunas Rurales gestiona Asistencia Financiera Reintegrable para las municipalidades de Simoca, Graneros, La Cocha, Trancas y Burruyacu, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 8.829, y

CONSIDERANDO:

Que la citada norma legal autoriza al Poder Ejecutivo a suscribir convenios préstamos con las municipalidades, así como a otorgar asistencias financieras para ser destinadas a la atención de obligaciones salariales, realización de obras públicas, prestación de servicios y desarrollo de actividades culturales, deportivas y sociales.

Que los fondos gestionados serán destinados prioritariamente al pago de los sueldos de Julio y Agosto de 2019, en el marco del Convenio de Asistencia Garantizada, para el período abril/2019 a diciembre/2019, aprobado por Decreto N° 1.128/3(ME) del 15 de abril de 2019.

Que asimismo los montos cuya provisión se tramitan serán transferidos a través de las Cuentas Fiduciarias de los municipios; en consecuencia, resulta menester autorizar a la Dirección de Administración del Ministerio de Economía, a emitir los correspondientes Comprobantes de Anticipo de Fondos Extrapresupuestarios, de acuerdo a Ley N° 8.825.

Que además la Contaduría General de la Provincia deberá registrar el neto resultante, entre los fondos puestos a disposición y las devoluciones por cualquier concepto, conforme lo establece la Ley N° 8.825.

Por ello, atento lo informado por la Contaduría General de la Provincia a foja 12, Dirección General de Presupuesto a foja 13 y en mérito al Dictamen Fiscal N° 1.522 del 15 de julio de 2019...

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