Decreto 616/2010

Fecha de la disposición 6 de Mayo de 2010

ANEXO II ASUNCION DEL CONTROL DEL AEROESPACIO DE JURISDICCION DEL SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL LOS CARDALES POR PARTE DE LA AUTORIDAD AERONAUTICA MILITAR El Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL establecerá y notificará a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC) las restricciones al Tránsito Aéreo necesarias en el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL establecido por el Artículo 1º.

La ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC), en la medida de su competencia, adoptará todas las medidas necesarias para el cumplimiento de lo establecido en el párrafo anterior.

Los medios aeroespaciales detectados dentro del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL que no cumplan con las normas establecidas por la autoridad correspondiente, se aparten del plan de vuelo aprobado sin causa justificada, no acaten las instrucciones de los controles correspondientes y/o existan dudas respecto de su intención o situación, provocarán la intervención directa del Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL quien conforme a la situación general y particular existente, podrá asumir los siguientes grados de control sobre el área de jurisdicción y/o sobre los medios que prestan los servicios de control de tránsito aéreo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (ANAC):

  1. Control Total Bajo Subordinación Directa:

    los servicios de control de tránsito aéreo continuarán brindando los servicios normales a la aviación civil, pero subordinados en forma directa al Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL y aplicando las restricciones que éste imponga.

  2. Control Total Integral: la complejidad y/o magnitud de la situación/incertidumbre requiere despejar el espacio aéreo de jurisdicción de medios civiles para el accionar exclusivo de los medios del Instrumento Militar, subordinando al control de tránsito aéreo militar toda autorización de vuelo, conforme las reglas y restricciones de vuelo establecidas por el Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL.

    La aplicación del grado de control surgirá en forma directa de la situación y será establecida en forma exclusiva por el Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL.

    El Comandante del SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL, conforme el nivel de gravedad de la situación y en el SECTOR DE DEFENSA AEROESPACIAL, estará facultado para disponer en forma parcial o total el apagado inmediato de los sistemas de ayudas a la navegación y/o vigilancia, evitando afectar la seguridad operacional de la aviación civil.

    DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION Decreto 620/2010

    Acéptase la renuncia presentada por la Defensora Pública Oficial Adjunta.

    Bs. As., 3/5/2010

    VISTO el Expediente Nº 194.687/2010 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, y CONSIDERANDO:

    Que la señora doctora Sandra Ethel YAPUR ha presentado su renuncia a partir del 1º de mayo de 2010, al cargo de DEFENSORA PUBLICA OFICIAL ADJUNTA de la DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION.

    Que es necesario proceder a su aceptación.

    Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7) de la CONSTITUCION NACIONAL.

    Por ello,

    LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º

Acéptase, a partir del 1º de mayo de 2010, la renuncia presentada por la señora doctora Sandra Ethel YAPUR (D.N.I.

Nº 14.316.551), al cargo de DEFENSORA PUBLICA OFICIAL ADJUNTA de la DEFENSORIA GENERAL DE LA NACION.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- FERNANDEZ DE KIRCHNER. -- Julio C. Alak.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 622/2010

Dase por aprobada una designación en la Delegación Técnico Administrativa de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 3/5/2010

VISTO el Expediente Nº 883/2010 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.546, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVAY EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria como Coordinador de Presupuesto y Contabilidad Presupuestaria de la DELEGACION TECNICO ADMINISTRATIVA dependiente de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de D. Santiago AYARZA.

Que por la citada Ley se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2010.

Que el artículo 7º de la mencionada Ley establece que salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros, las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la presente ley, ni los que se produzcan con posterioridad.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el artículo 10 de la Ley Nº 26.546 se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la administración general del país y en función de lo dispuesto por el inciso 10 del artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se encuentra vacante y financiado un...

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