Decreto N° 1.170

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición22 de Julio de 2014

DECRETO N° 1.170

Mendoza, 22 de julio de 2014

CONSIDERANDO:

Que a fs. 27 del expediente 12165-P-11-00020, obra dictamen sobre incapacidad absoluta y permanente para la realización de sus tareas habituales, emitido por el Cuerpo Médico de la Subsecretaría de Trabajo y Seguridad Social Mendoza;

Que a fs. 17 del expediente de referencia, mediante Resolución N° 1925/11, se acepta la renuncia de Da. Stella Maris Penin, por haber obtenido el beneficio jubilatorio;

Que a fs. 50 y vta. del mencionado expediente obra dictamen favorable de Fiscalía de Estado;

Que a la fecha de este Decreto el Poder Ejecutivo ha debido reimplantar para el año 2014 el presupuesto aprobado por la Ley N° 8.530 en sus partidas ordinarias, entendiendo por tales a todos aquellos recursos o gastos habituales y necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Estado, incluyéndose además, las disposiciones que dan operatividad a dichas partidas, quedando excluidas las partidas extraordinarias, entendiendo por tales a los recursos y gastos atípicos y excepcionales acaecidos durante el ejercicio, de suceso infrecuente en el pasado y de comportamiento similar esperado en el futuro, según lo establecido en el Art. 99 inc. 3 de la Constitución Provincial, Art. 5 y Capítulo XI - "De la reconducción del presupuesto" de la Ley N° 3.799, y demás disposiciones establecidas por la Ley N° 8.667;

Por ello, de acuerdo con lo informado por la Subdirección de Personal, la conformidad de la Dirección General de Administración y lo establecido por el Art. y 25 de la Ley N° 8530 y Arts. 1°, 11 y 47 del Decreto-Acuerdo N° 354/13 y Decreto Acuerdo N° 2555/13.

EL GOBERNADOR

DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 3°

El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a la siguiente partida del Presupuesto año 2014:

Cuenta General: S96007 41101 000

Unidad de Gestión: S07037

Artículo 4°

El presente decreto será notificado a Contaduría General de la Provincia para su registración previa intervención de la Dirección General de Finanzas.

Artículo 5°

Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.

FRANCISCO HUMBERTO PEREZ

Matías Ernesto Roby

PLANILLA ANEXA

Expte. N° 12165-P-11-00020 y ac. 165-P-11-04447 - Decreto N° 1170

Ejercicio 2014

N° CUC: 42

Nro. Comp.: 153

0

0

00/00/00

1

08

07

S96007

411 01

0

435.052,00

0,00

990010001

0

1

08

01

S96100

411 01

0

0,00

435.052,00

990010001

0

435.052,00

435.052,00

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