Decisión Administrativa 158/2009

Fecha de publicación26 Agosto 2009
Fecha de disposición26 Agosto 2009
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31723

Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la agente involucrada en la presente medida se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO, aprobado por Decreto Nº 2098/08, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B diversas exigencias.

Que los antecedentes curriculares de la agente propuesta resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.

Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04, modificada por sus similares Nº 1151/06 y Nº 52/09, establece que el personal contratado percibirá una remuneración mensual equivalente al nivel o categoría del régimen escalafonario aplicable al personal de planta permanente de la jurisdicción según el tipo de funciones a desarrollar.

Que la agente involucrada en el presente acto ha dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02, reglamentario de su similar Nº 491/02, adjuntando la documentación pertinente.

Que la agente de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de mayo de 2009, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional, Nº 25.164 y del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobado a partir del 1º de mayo de 2009 y hasta el 31 de diciembre de 2009, el contrato suscripto ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, celebrado por el ex titular de la ex SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y Da. Mónica Graciela ARTALE (D.N.I. Nº 29.115.517) para desempeñar funciones de Asesora Legal en la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la citada ex Secretaría , equiparada al Nivel B Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (Decreto Nº 2098/08) de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y de la Resolución de la SGP Nº 48/02.

Art. 2º

Autorízase la contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.422.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Aníbal D. Fernández. -Aníbal F. Randao.

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 158/2009

Dase por aprobado un contrato celebrado en el marco del Decreto Nº 1421/02 en la Dirección General Técnico Administrativa.

Bs. As., 21/8/2009

VISTO el Expediente Nº 2736/2009 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por sus similares Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006 y Nº 52 del 6 de marzo de 2009, y CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 10 de abril de 2009, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la ex SECRETARIA DE COORDINACION JURIDICO ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y D. Luis...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR