Decisión Administrativa 158/2009

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición22 de Abril de 2009

GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, y el Expediente Nº E-72004-2008 del registro del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el visto tramita la aprobación de la contratación del Doctor Norberto Alejandro FERNANDEZ, para desempeñarse en el ámbito de la COMISION NACIONAL DE PENSIONES ASISTENCIALES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en los términos del Decreto Nº 1421/02.

Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto citado en el considerando anterior, se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación de personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución de la ex Subsecretaría de la Gestión Pública Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02.

Que el Doctor Norberto Alejandro FERNANDEZ, reúne los requisitos establecidos en la Decisión Administrativa Nº 3/04 y su modificatoria Nº 1151/06, a los efectos de su equiparación al Nivel B Grado 1, del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995).

Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91 (t.o. 1995), establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia de Título Terciario o Universitario.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la presente se dicta conforme a las facultades otorgadas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y a tenor de lo establecido por el artículo 9 del Anexo I del Decreto Nº 1421/02, y por el Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Dase por aprobada la contratación de prestación de servicios celebrada entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y el Doctor Norberto Alejandro FERNANDEZ, (DNI Nº 8.007.046), en un Nivel escalafonario B Grado 1 del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Nº 25.164, su Decreto Reglamentario Nº 1421/02 y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA Nº 48 del 30 de diciembre de 2002, en las condiciones, por el período y la equiparación escalafonaria indicados en el Anexo I, que forma parte de la presente medida.

Art. 2º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión Administrativa, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Sergio T. Massa. -- Alicia M. Kirchner.

ANEXO I APELLIDO Y NOMBRE TIPO Y Nº DE DOCUMENTO NIVEL Y GRADO PERIODO DE CONTRATACION MONTO BRUTO MENSUAL FERNANDEZ, Norberto Alejandro DNI 8.007.046 B-1

12/11/2008 al 31/12/2008 $ 3.610,00 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decisión Administrativa 156/2009

Autorízase a los funcionarios con competencia para resolver el otorgamiento de licencias anuales ordinarias a transferir a un determinado período las licencias devengadas en los años 2004 a 2006.

Bs. As., 15/4/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0301800/2008 del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Régimen de Licencias,

Justificaciones y Franquicias aprobado por el Decreto Nº 3413 de fecha 28 de diciembre de 1979 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:

Que el Artículo 9º, Inciso b) del régimen mencionado en el Visto determina que, a los efectos del otorgamiento de la licencia anual ordinaria, se considerará el período comprendido entre el 1º de diciembre del año al que corresponda y el 30 de noviembre del año siguiente, lapso dentro del cual deberá usufructuarse la referida licencia.

Que por su parte, el Inciso c) de dicho Artículo 9º establece que la citada licencia sólo puede ser transferida, al período siguiente, por la autoridad facultada para acordarlo, cuando concurran circunstancias fundadas en razones de servicio, no pudiéndose, por esa causa, aplazar la concesión por más de UN (1) año.

Que en el ámbito del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se presenta la particular situación de que diversos agentes registran transferidas, al año 2008, la licencia anual ordinaria correspondiente a los años 2004; 2005 y 2006.

Que el normal desarrollo de las tareas de dicho organismo impide que la totalidad de los agentes puedan usufructuar dichas licencias antes del 30 de noviembre de 2008.

Que dada la situación descripta procede facultar a las autoridades competentes, en materia de otorgamiento de la licencia anual ordinaria, del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para resolver la transferencia de las mismas.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR