Decisión Administrativa 544/2021

Fecha de publicación04 Junio 2021
SecciónDecisiones Administrativas
EmisorMEDIDAS GENERALES DE PREVENCIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 03/06/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-25508781-APN-DGD#MRE, la Ley N° 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 167 del 11 de marzo de 2021, 235 del 8 de abril de 2021, 287 del 30 de abril de 2021, 334 del 21 de mayo de 2021 y su respectiva normativa modificatoria y complementaria y las Decisiones Administrativas Nros. 1856 del 14 de octubre de 2020 y 345 del 9 de abril de 2021 y su respectiva normativa modificatoria y complementaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió por el plazo de UN (1) año la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con relación a la COVID-19.

Que, al respecto, por el Decreto N° 167/21 se prorrogó, en los términos de dicha norma, el referido Decreto N° 260/20 hasta el 31 de diciembre de 2021.

Que a través de los Decretos N° 235/21, N° 241/21, N° 287/21 y N° 334/21 se establecieron una serie de medidas generales de prevención y disposiciones temporarias, locales y focalizadas de contención, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 11 de junio de 2021, inclusive.

Que en aquellos lugares que, en razón de su estatus sanitario, fueron clasificados como lugares de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario o en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria los días 5 y 6 de junio de 2021, únicamente podrán desarrollarse las actividades detalladas en los artículos 4° y 5° del Decreto N° 334/21.

Que por los Decretos Nros 287/21 y 334/21 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros en su carácter de Coordinador de la “Unidad de Coordinación General del Plan Integral para la Prevención de Eventos de Salud Pública de Importancia Internacional” para ampliar o restringir las excepciones para circular dispuestas.

Que, oportunamente, a través de la Decisión Administrativa N° 1856/20, entre otros extremos, se aprobaron las “RECOMENDACIONES PARA LA CELEBRACIÓN DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE PAÍSES EXTRANJEROS EN TERRITORIO ARGENTINO EN EL MARCO DE COVID-19”.

Que, ulteriormente, a través de la Decisión Administrativa N° 345/21 se exceptuó de las prohibiciones dispuestas por el artículo 16 del Decreto N° 235/21 a los y las votantes y al personal afectado a los comicios correspondientes a las Elecciones Generales de la REPÚBLICA DEL PERÚ, que tuvieron lugar el día 11 de abril de 2021, a cuyo efecto se aprobó el “Protocolo de Seguridad...

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