Decisión Administrativa 1126/2012

Fecha de disposición08 Noviembre 2012
Fecha de publicación09 Noviembre 2012
SecciónDecisiones Administrativas

Bs. As., 8/11/2012

VISTO el Expediente Nº 36.269/12 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Leyes Nros. 22.431 y su modificatoria, 25.164 y 26.728, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008, y sus modificatorios Nros. 423 del 25 de marzo de 2010 y 1.914 del 7 de diciembre de 2010, el Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 506 del 2 de diciembre de 2009 y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 del 18 de marzo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Jefe de Gabinete de Ministros ejerce la administración general del país y entiende en la eficacia de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con que cuenta.

Que por el artículo 7° de la Ley Nº 26.728 se facultó al Jefe de Gabinete de Ministros para autorizar en forma debidamente fundada las excepciones a la prohibición de cubrir cargos vacantes en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que oportunamente se establecieron mediante la Decisión Administrativa Nº 506/09 diversas acciones orientadas a promover la cobertura de los cargos vacantes y a mejorar la información concerniente al personal dependiente de la Administración Pública Nacional.

Que se hace necesario extender el régimen general para la tramitación de las referidas autorizaciones en el marco de las normas antes citadas o las que las reemplacen, de manera de proveer a la adecuada dotación del personal permanente que asegure la prestación efectiva de los servicios de todas las unidades organizativas alcanzadas por el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214/06.

Que, asimismo, resulta necesario autorizar la cobertura mediante los respectivos procesos de selección de CINCO MIL (5.000) cargos vacantes y financiados correspondientes al ejercicio presupuestario 2012 en el ámbito del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y modificatorios.

Que a los efectos de agilizar la tramitación de los procesos de selección del personal para la cobertura de los cargos antes aludidos, corresponde adoptar medidas eficaces orientadas a la intervención del Comité creado por la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que con esa misma finalidad, se estima adecuado facultar al titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a identificar los cargos vacantes que por esta Decisión Administrativa quedan autorizados para su cobertura.

Que adicionalmente se considera efectivo impulsar la rápida cobertura de cargos vacantes promoviendo la organización de procesos de selección coordinados centralizadamente para maximizar tiempo y recursos.

Que tal finalidad se corresponde con la política del PODER EJECUTIVO NACIONAL de promover la mejora de las relaciones de empleo en general y de las de empleo público en especial.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo disponen los artículos y del Anexo de la Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Reglamentario Nº 1.421/02 y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del referido Convenio Colectivo de Trabajo General, aplicables también para la promoción del personal permanente a cargos superiores.

Que, en ese marco, también corresponde instar la convocatoria a los procesos de selección de los cargos vacantes correspondientes al Agrupamiento Científico Técnico del mencionado Sistema Nacional de Empleo Público.

Que habiendo sido adoptado el régimen de concursos establecido en el citado Sistema Nacional de Empleo Público como subsidiario en los restantes convenios colectivos laborales, se estima oportuno impulsar la sanción de los regímenes específicos en todos los escalafones y entidades comprendidas en el Anexo II del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por Decreto Nº 214/06, antes del 31 de marzo de 2013.

Que en esas materias, deben alentarse las medidas que promuevan el cumplimiento del artículo 8° de la Ley Nº 22.431 y sus modificatorias.

Que para todas estas finalidades es necesario contar con información indispensable y adoptar las medidas que permitan materializar rápidamente lo establecido en el artículo 5° de la Decisión Administrativa Nº 506/09.

Que han tomado la intervención que les compete la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de...

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