Decision Administrativa 439/2007

Fecha de disposición28 Septiembre 2007
Fecha de publicación28 Septiembre 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31249

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2007.

Que por el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otras previsiones que toda contratación sería efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que por el Decreto Nº 601/02 se dispuso que las disposiciones del Decreto Nº 491/02 son aplicables a la celebración, renovación y/o prórroga de toda contratación de servicios personales y de obra intelectual, incluidos los de locación de servicios celebrados en virtud de lo dispuesto en el Decreto Nº 1184/01.

Que por el Decreto Nº 577/03 y su modificatorio, se modificaron determinados aspectos del Decreto Nº 491/02 relativos a los contratos, disponiéndose entre otras previsiones, que en aquellos supuestos en los cuales la retribución mensual o el honorario equivalente pactado fuera inferior a los PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100.-) o se propicien renovaciones o prórrogas de las contrataciones, las mismas serán efectuadas por el Ministro, Secretario de la Presidencia de la Nación o Jefe de la Casa Militar, según corresponda.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 21 de fecha 22 de enero de 2007, se aprobaron las contrataciones de los Señores Don Carlos Claudio CARRERA (M.I. Nº 14.653.420), Don José Luis VALENZUELA (M.I.

Nº 8.219.251) y Don Víctor Hugo VALLEJOS (M.I. Nº 17.836.538) celebradas bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, por el período comprendido entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2007.

Que por el artículo 7º, segundo párrafo, del Anexo I del Decreto Nº 1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, se estableció que el Jefe de Gabinete de Ministros podrá autorizar con carácter de excepción mediante decisión fundada y a requerimiento de las autoridades incluidas en el artículo primero del Anexo del Decreto mencionado, la contratación de consultores cuando posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral para la cual no se requiera la posesión de título universitario o terciario, no obstante la determinación de su exigencia como requisito específico de la función.

Que el notable incremento de las tareas asumidas por las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral Chaco, Corrientes y Tierra del Fuego dependientes de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ameritan la adopción de una serie de medidas tendientes a fortalecer la gestión de las mencionadas Gerencias, a cuyo fin resulta necesario aprobar las enmiendas a las contrataciones de las personas que se mencionan en el Anexo de la presente.

Que las personas cuyas enmiendas a las contrataciones se proponen reúnen los requisitos de idoneidad necesarios para cumplir las tareas asignadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO, Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, lo dispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio y por el artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

Artículo 1º

Apruébanse las enmiendas a las contrataciones entre el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL y las personas que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la presente medida, por el período, monto mensual y total, y con la función y rango indicados en el mismo, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Art. 2º

Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº 1184/01, y al solo efecto de posibilitar la contratación de las personas que figuran en el Anexo de la presente Decisión Administrativa, del requisito de educación formal exigido para la función Consultor A.

Art. 3º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente Decisión, será atendido con cargo al Programa 24-00-01 Partida Presupuestaria 1.8.7 Contratos Especiales, Fuente de Financiamiento 11 TESORO NACIONAL, correspondiente a la Jurisdicción 75 MINISTERIO DE TRABAJO,

EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 26.198.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Alberto A. Fernández. -- Carlos A. Tomada.

ANEXO MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Decisión Administrativa 439/2007

Danse por aprobadas enmiendas a contratos de personal destinados a diversos Programas y Proyectos con financiamiento externo, ejecutados en el ámbito de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa del citado Ministerio.

Bs. As., 26/9/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0110950/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 26.198 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR