Decision Administrativa 261/2007

Fecha de disposición10 Julio 2007
Fecha de publicación10 Julio 2007
SecciónDecisiones Administrativas
Número de Gaceta31192
Art. 2º

La designación dispuesta por el Artículo 1º de la presente medida en el cargo aludido se dispone con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 7º de la Ley Nº 26.198 y en los Títulos III - Capítulo III - y VI, Artículo 71 - primer párrafo, primera parte - del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O. 1995.

Art. 3º

El cargo mencionado en el Artículo 1º del presente decreto deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA(SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O. 1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 5 de julio de 2007.

Art. 4º

El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAY CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICAdel MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, para el Ejercicio 2007.

Art. 5º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- KIRCHNER. -- Alberto A. Fernández. -Felisa Miceli.

DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE DEFENSA Decisión Administrativa 261/2007

Dase por aprobada la renovación de un contrato en el ámbito de la Empresa 'Coviara Construcción de Vivienda para la Armada Empresa del Estado'.

Bs. As., 5/7/2007

VISTO los Decretos Nº 971 del 6 de mayo de 1993,

Nº 441 del 23 de abril de 1996, Nº 1184 del 20 de septiembre de 2001 y Nº 577 del 7 de agosto de 2003, y su modificatorio Nº 149 de fecha 22 de febrero de 2007, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad a lo establecido en el Decreto Nº 441/96, COVIARA, CONSTRUCCION DE VIVIENDA PARA LA ARMADA Empresa del Estado, posee patrimonio propio, no encontrándose incluida en las partidas crediticias del Presupuesto Nacional.

Que mediante el Decreto Nº 1184/01, se estableció el nuevo Régimen de Contrataciones ReglamentariodelartículoNº 47delaLeyNº 11.672 (t.o. 1999) actual artículo 64 (t.o. 2005).

Que el artículo 1º del Decreto Nº 577/03, faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a aprobar contrataciones en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000,00.-).

Que mediante el Decreto Nº 149 se ha modificado el monto citado en el párrafo anterior, facultando a los Ministros a efectuar contrataciones por retribuciones mensuales que no excedan la suma de PESOS TRES MIL CIEN ($ 3.100,00).

Que la Sindicatura General de la Nación ha tomado la intervención correspondiente de conformidad al artículo 4 del Decreto Nº 971/93.

Que el Contador Omar Fabián CRUZ GARCIA, ha sido contratado mediante Resolución del Interventor Nº 22 de fecha 17 de agosto de 2004, aprobándose dicha contratación mediante decisión administrativa del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Nº 184 de fecha 2 de mayo de 2005, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, y mediante decisión administrativa del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Nº 584 de fecha 12 de septiembre de 2006 se aprobó la renovación del contrato por el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2005 y el 31 de agosto de 2006.

Que mediante Resolución del Presidente de COVIARA Nº 18 de fecha 31 de agosto de 2006, se renovó la contratación del Contador Omar Fabián CRUZ GARCIA, 'ad referéndum' del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.

Que la contratación del Contador Omar...

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