Decisión Administrativa 259. Contrato de Obra Pública. Transferencia.

Fecha de disposición04 Abril 2016
Fecha de publicación04 Abril 2016
SecciónDecisiones Administrativas

Decisión Administrativa 259/2016

Contrato de Obra Pública. Transferencia.

Bs. As., 01/04/2016

VISTO el Expediente N° S01:0057625/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificaciones, la Ley de Energía Eléctrica N° 15.336 y sus modificaciones, la Ley N° 27.198 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016, el Decreto N° 508 de fecha 23 de abril de 2004, ratificado por Ley N° 26.181, el Decreto N° 1.091 de fecha 17 de julio de 2014, el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015, el Decreto N° 283 de fecha 1 de febrero de 2016, el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016, la Decisión Administrativa N° 10 de fecha 19 de enero de 2016 y las Resoluciones N° 762 de fecha 5 de noviembre de 2009 y N° 932 de fecha 13 de septiembre de 2011, ambas de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios (Texto Ordenado por Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificaciones, creándose el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.

Que mediante el Decreto N° 231 de fecha 22 de diciembre de 2015 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA integrada, entre otras, por dependencias con competencia en materia de infraestructura energética e hidroeléctrica.

Que por medio del Decreto N° 283 de fecha 1 de febrero de 2016 se instruyó al Jefe de Gabinete de Ministros para que dicte todos los actos administrativos y ordene las diligencias que estime necesarias, a efectos de adecuar la ejecución de las obras públicas autorizadas por normas particulares o en curso de ejecución al nuevo esquema de distribución de competencias establecido como consecuencia del dictado del Decreto N° 13/2015 y sus modificaciones.

Que la Ley de Obras Públicas N° 13.064 establece en su Artículo 2° que las facultades y obligaciones que establece dicha Ley, podrán ser delegadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.

Que mediante el Decreto N° 305 de fecha 3 de febrero de 2016 se delegaron en el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, las facultades y obligaciones determinadas por la mencionada Ley, para la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de...

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