Decreto 305. Deléganse facultades y obligaciones.

Fecha de disposición04 Febrero 2016
Fecha de publicación04 Febrero 2016
SecciónDecretos

Decreto 305/2016

Deléganse facultades y obligaciones.

Bs. As., 03/02/2016

VISTO el Expediente N° S01:0007015/2016 del Registro del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias y la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias establece en su Artículo 2° que las facultades y obligaciones que establece dicha ley podrán ser delegadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en autoridad, organismo o funcionario legalmente autorizado.

Que el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 en su Artículo 5° sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias, creando una nueva conformación ministerial y distribución de las competencias.

Que atento a ello, y a fin de dotar al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA de los instrumentos necesarios para el mejor logro de sus objetivos, resulta conveniente delegar tales facultades y obligaciones previstas en la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias, con relación a las obras públicas del ámbito de su competencia.

Que a su vez, se considera pertinente autorizar al Ministro de Energía y Minería a encomendar dichas cuestiones a los Secretarios y Subsecretarios de las áreas pertinentes, dependientes de dicho Ministerio, conforme a la materia de que se trate.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el Artículo 2° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE

DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°

Deléganse en el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, de acuerdo con lo previsto en el Artículo 2° de la Ley de Obras Públicas N° 13.064 y sus...

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