Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA I, 23 de Septiembre de 2014, expediente CNT 045493/2009/CA001 - CA002

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2014
EmisorSALA I

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA DEFINITIVA NRO. CAUSA NRO.45493/09 AUTOS: “D.A.C. c. Latamtour SRL y otro s. despido”

JUZGADO NRO. 78 SALA I En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de septiembre de 2014, reunida la Sala Primera de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, para dictar sentencia en la causa del epígrafe, y de acuerdo al correspondiente sorteo, se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. Vilela dijo:

I)- Contra la sentencia de fs. 154/159 apela la parte actora a fs. 218/220.

II)- La parte actora se agravia porque se desestimó la condena en forma solidaria respecto de la codemandada G.R. en los términos del art. 54 y 274 Ley 19550.

III)- El agravio de la actora referido a la responsabilidad personal de la Sra. G.R. adelanto que obtendrá

favorable acogida.

En este sentido cabe agregar que llega firme a esta instancia la condena al pago de las multas con fundamento en la Ley 24013, esto, más allá de la rebeldía, revela que existió por parte de la sociedad demandada un comportamiento inadecuado en el manejo de la relación laboral a través de pagos al margen de los registros laborales y una incorrecta registración de la fecha de ingreso. Por su parte la codemandada en su carácter de socia gerente se limitó a negar y argumentar (ver fs. 84vta/85) que la sociedad no pudo continuar por el fallecimiento de M. lo cual habría obligado a despedir a todo el personal en los términos del art. 247 L.C.T. Esto último no fue probado en la causa; circunstancias que me llevan a apartarme de lo decidido en origen.

En lo que se refiere a la aplicabilidad del art.54 de la ley 19550 me remito a lo expuesto en mi voto en la causa “M.J.C. y otros c/Leanding Producciones S.R.L. y otro s/despido” (SD. 75.066 del 15/11/99), y a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “C.A. c/Kanmar S.A.

(en liquidación) y otros” (C.972.XXXVI). Ahora bien, resulta de las constancias de autos (informe de la IGJ ver fs. 143/4 y a fs. 155) que la codemandada G. en la sociedad demandada ostenta el carácter de socia gerente de Latamtour S.R.L., también surge de dichos documentos que Grazzia Rizza junto con G.M. representan la totalidad Fecha de firma: 23/09/2014 Firmado por: G.A.V., JUEZ DE CAMARA Firmado por: JULIO VILELA, JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación del capital social de la S.R.L. demandada. Sumado a esto cabe estar al reconocimiento por parte de los testigos sobre la real participación de la...

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