Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala II, 22 de Marzo de 2016, expediente FSM 076001735/2013/CA001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
EmisorSala II

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7368 - FSM 76001735/2013/CA1 “CONTRIBUYENTE: D Y, S s/INFRACCION LEY 26.364 DENUNCIANTE: ADMIISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS”

Registro interno N° 7879 San Martín, 22 de marzo de 2016.

Pasen los autos al acuerdo.

Ante mí:

S.M., 22 de marzo de 2016.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

El Juzgado Federal de Campana dispuso revocar la sanción de clausura por un (1) día, impuesta por la Administración Federal de Ingresos Públicos, respecto del establecimiento comercial sito en la Av. G.N.X., de la localidad de Fecha de firma: 22/03/2016 Firmado por: D.M.R., Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #23242005#148782103#20160323130114249 Z., Provincia de Buenos Aires, perteneciente a la contribuyente SDY. –CUIT n° 27-11XXX059-5-

[arts. 26, Ley 26.565, 40, inc. “a”, y 49, ley 11.683; fs. 67/70, punto dispositivo I]. Contra dicho pronunciamiento, el representante de la autoridad fiscal dedujo recurso de apelación [fs.

78/83vta.[.

En la instancia, el señor fiscal general no adhirió al recurso, en tanto que fue mantenido por el impugnante [fs. 98 y 100/vta.].

En consecuencia, el legajo se encuentra en condiciones de recibir pronunciamiento del Tribunal.

Liminarmente, en cuanto a la tacha de arbitrariedad que propugna el apelante, conforme a la jurisprudencia sentada por el Alto Tribunal, el decisorio cuestionado cumple con los estándares correspondientes para calificarlo como acto jurisdiccional válido [CSJN, Fallos, 321:3415; 329:1787; 330:4633 y 4770, entre muchos otros].

Por lo demás, dicho interlocutorio reúne suficientemente el requisito de motivación, pues se exponen las razones fácticas y jurídicas en que Fecha de firma: 22/03/2016 Firmado por: D.M.R., Firmado por: H.D.G., Firmado por: A.A.L., Firmado(ante mi) por: M.F.P., SECRETARIO DE CAMARA #23242005#148782103#20160323130114249 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II - SEC. PENAL N° 2 Causa n° 7368 - FSM 76001735/2013/CA1 “CONTRIBUYENTE: D Y, S s/INFRACCION LEY 26.364 DENUNCIANTE: ADMIISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS”

Registro interno N° 7879 se funda la decisión que se adopta y que a criterio del juzgado a quo resultaban aplicables al asunto en trato [art. 123, CPPN].

Sentado ello, corresponde apuntar que el...

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