Comunicación \. Comunicación 'A' 5883\/2016 Ref.: Circular RUNOR 1 - 1173. Transportadoras de valores. Diferimiento de la fecha de entrada en vigencia para continuar operando. Presentación de información adicional.

Fecha de disposición01 Marzo 2016
Fecha de publicación01 Marzo 2016
SecciónAvisos Oficiales

Comunicación "A" 5883/2016

Ref.: Circular RUNOR 1 - 1173. Transportadoras de valores. Diferimiento de la fecha de entrada en vigencia para continuar operando. Presentación de información adicional.

14/01/2016

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS, AGENCIAS, OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO,

A LAS CAJAS DE CRÉDITO COOPERATIVAS (LEY 26.173),

A LAS TRANSPORTADORAS DE VALORES:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

"- Establecer que las transportadoras de valores (TV) que se encontraban en funcionamiento a la fecha de entrada en vigencia de la Comunicación "A" 5792 y que efectuaron la correspondiente presentación ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias manifestando estar comprendidas en el alcance de las normas sobre "Transportadoras de valores" --dentro del plazo de 30 días corridos contados desde dicha fecha-- podrán continuar operando hasta el 30.06.16, pudiendo presentar hasta esa fecha la información y documentación adicional necesaria para su autorización por parte de este Banco Central."

Por último les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas sobre "Transportadoras de valores". Asimismo, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a "Marco Legal y Normativo - Textos Ordenados - Ordenamientos Normativos", se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

DARÍO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. -- AGUSTÍN TORCASSI, Subgerente General de Normas.

ANEXO

Las transportadoras de valores que se encuentren en funcionamiento al 16.09.15 o al 26.09.15, según se trate de TVP o de PSTV, respectivamente, para continuar operando, deberán efectuar una presentación ante la SEFyC manifestando que se encuentran comprendidas en el alcance de estas normas en el plazo de 30 días corridos, computados según sea el caso. En tal sentido, deberán adjuntar la siguiente información y documentación:

- razón social, denominación comercial, CUIT, el domicilio de la sede social, el domicilio legal y un domicilio especial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires constituido a los fines de las tramitaciones con el Banco Central de la República Argentina vinculadas con la solicitud de autorización...

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