Comunicación \.

Fecha de disposición15 Mayo 2018
Fecha de publicación15 Mayo 2018
SecciónAvisos Oficiales

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación "A" 6436/2018

19/01/2018

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS Y OFICINAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1 \u2013 793. Adecuaciones a las normas de "Exterior y Cambios".

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adopto la siguiente resolución:

"1. Sustituir el punto 1.2. de las normas sobre "Exterior y Cambios" por el siguiente:

"1.2. En todas las operaciones de cambio, canje y/o arbitraje que se cursen por el mercado libre de cambios, establecido por el artículo 188 del Decreto N° 27/18 que sustituyó el artículo 1° del Decreto N° 260/02, deberán intervenir entidades financieras o cambiarias autorizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), en adelante "entidades", debiéndose cumplir en todos los casos con las disposiciones que resulten aplicables a cada operación."

  1. Sustituir el título del punto 2.1. de las normas sobre "Exterior y Cambios" por el siguiente "2.1. Horario de funcionamiento del Mercado Libre de Cambios."

  2. Dejar sin efecto el último párrafo del punto 3.7. de las normas sobre "Exterior y Cambios"."

Asimismo, les señalamos que se modificó la redacción del punto 2.2., en función de la resolución dada a conocer mediante la Comunicación "A" 6401.

Por otra parte, les hacemos llegar en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas...

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