Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 14 de Agosto de 2019, expediente A 75393

PresidenteSoria-Genoud-Pettigiani-Torres
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2019
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

A.75.393 "COLEGIO DE FARMACEUTICOS PCIA. BS. AS.C/ MINISTERIO DE SALUD S/ PRETENSION ANULATORIA. --RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPL. DE LEY—"

La Plata, 14 de agosto de 2019.

AUTOS Y VISTOS:

Los señores Jueces doctores S., G., P. y Torres:

  1. La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, en lo que aquí interesa, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada (Fiscalía de Estado), revocó la sentencia impugnada en todo en cuanto fue materia de agravio y rechazó la pretensión anulatoria promovida por el Colegio de Farmacéuticos de la Prov. de Bs. As. Impuso las costas de ambas instancias a la actora vencida (conf. arts. 12 inc. 1, 51, 55, 56, 57, 58, 59, 77 y ccs., ley 12.008 -texto según leyes 13101 y 14437- y art. 274 del CPCC).

    Disconforme con ese pronunciamiento, la demandante dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal (v. fs. 445/458), el que fue concedido (v. fs. 473 y vta.).

  2. El art. 31 bis de la ley 5827 -texto según ley 13.812- faculta a este Tribunal a proceder al rechazo de los recursos extraordinarios con la sola invocación de esa norma, cuando en ellos se plantean agravios desestimados por este Tribunal en casos análogos, potestad que puede ejercerse en cualquier estado de su tramitación.

  3. Los agravios esgrimidos en el recurso extraordinario deducido en autos resultan sustancialmente análogos a los ya resueltos en las causas A 72.032 "Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires", sent. de 18-X-2017 y A 71.625 "R., sent. de 20-XII-2017, en los que esta Suprema Corte dejó sentado que el concepto de densidad demográfica no resulta aplicable a las farmacias descriptas en los inc. "d" y "e" del art. 14 de la ley 10.606, en cambio, sí resulta exigible el requisito de restricción geográfica para su instalación.

    Por tal razón, y en virtud de los argumentos brindados en los precedentes citados, cabe hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal interpuesto por la parte actora y revocar la sentencia de la Cámara en lo pertinente, anulando los actos administrativos 1396/06 y 6212/07...

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