Sentencia de Sala I, 22 de Agosto de 2013, expediente 48.522

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2013
EmisorSala I

Poder Judicial de la Nación Sala I - Causa n° 48.522 “C.,

D.A. s/ procesamiento”

J.. n° 1 - Sec. n° 2

E.. 3.181/2012/4

Reg. n°: 933

Buenos Aires, 22 de agosto de 2013.-

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

Motiva la intervención del Tribunal el recurso de apelación introducido por la defensora de D.A.C. contra los puntos dispositivos I y III de la resolución de fecha 28 de mayo del corriente año por los que la Sra. juez de la anterior instancia decretó el procesamiento de su asistido en USO OFICIAL

orden al delito de tenencia simple de estupefacientes -art. 14 primer párrafo de la ley 23.737- y dictó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de mil pesos.

Asimismo, el representante del Ministerio Público Fiscal, Dr.

S., impugnó el punto dispositivo IV por el que se decretó el sobreseimiento parcial del incuso, en orden al suceso restante.

En su escrito de apelación, la Defensora Oficial Dra. P.M. cuestionó la significación jurídica asignada al suceso endilgado a su asistido, en la inteligencia de que la figura aplicable debía ser la tenencia de estupefacientes para consumo personal, por lo que debía declararse su inconstitucionalidad y, en consecuencia, el sobreseimiento de C..

Subsidiariamente, impugnó el monto del embargo fijado sobre los bienes del nombrado, el que consideró excesivo.

A través del escrito glosado a fs 26, la letrada ratificó los agravios oportunamente formulados.

Por su parte, el agente F. calificó de prematuro el temperamento desincriminatorio adoptado por la a quo pues, a su criterio, no existía razón alguna para dudar de la veracidad de los dichos de los preventores que intervinieron en la detención del encausado, quienes relataron las circunstancias en que éste les habría ofrecido dinero a cambio de cesar con el procedimiento. En virtud de ello, consideró que debía profundizarse la pesquisa,

concretamente, ampliando las declaraciones testimóniales brindadas por los gendarmes.

Tales agravios fueron compartidos por la Fiscal General Adjunto, Dra. A. de S., por medio de la presentación elaborada de conformidad con lo normado por el artículo 454 del Código Procesal Penal de la Nación (fs 27/8).

II.

Al momento de ser oído en declaración indagatoria, D.A.C. fue intimado en orden al suceso consistente en “... la tenencia de material estupefaciente y posterior ofrecimiento de dinero al personal de Gendarmería a cambio de que no lo llevaran detenido.

Concretamente se le atribuye... que el día 30 de marzo del año en curso, siendo aproximadamente las 13:45 horas, en el interior del denominado barrio de emergencia 1-11-14 por los pasillos de la manzana 20... sacó de entre sus prendas, a la altura de la zona pélvica, un envoltorio color ocre que arrojó

aproximadamente a veinte metros del lugar. Al mismo tiempo intentó darse a la fuga, seguidamente el personal interviniente logró interceptarlo y reducirlo...

como así también hallar el elemento que éste había arrojado. Posteriormente, el (encausado) le dijo al personal preventor ‘no me lleve jefe, por cuánto podemos arreglar’, ofreciendo la suma de diez mil pesos en presencia de un testigo. El material estupefaciente resultó ser cocaína y pesar 37,41 gramos” (fs 82/5 del legajo principal).

  1. SOBRESEIMIENTO

    El temperamento desincriminatorio adoptado por la Sra. Juez de grado luce ajustado a derecho, por lo que habrá de ser homologado.

    Compartimos el razonamiento desarrollado...

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