Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 21 de Noviembre de 2013, expediente FTU 024816/2012

Fecha de Resolución21 de Noviembre de 2013
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

24816/2012 “CARRION, A.A. Y OTROS S/ESTUPEFACIENTES LEY 23737

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN Nº II Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN San Miguel de Tucumán, 21 de Noviembre de 2013.

AUTOS Y VISTO: Para resolver el recurso de apelación deducido contra la resolución de fs. 64/67; y CONSIDERANDO:

Que contra la resolución de fs. 64/67, que dispone I)

declarar la nulidad del secuestro de estupefacientes que da cuenta el acta de fs. 2/3 y de los actos posteriores que de ella dependan, II)

sobreseer a A.A.C., de conformidad con lo dispuesto por el art. 336 inc. 2 del CPPN., III) ordenar la inmediata libertad de A.A.C., y IV) sobreseer a C.A.C. de conformidad con lo dispuesto por el art. 1 de la ley 22.278 y el art. 336 inc. 5 del CPPN., deduce recurso de apelación el Ministerio Público Fiscal a fs. 71/73.

A fs. 90/95, el Sr. Fiscal General, Dr. A.G.G. presenta informe de agravios por escrito.

Afirma que el juez instructor ha interpretado erróneamente los arts. 138, 139 y 140 del CPPN. y que éste no tuvo en cuenta que solo pueden declararse nulos los actos procesales en los cuales no se hayan observado las disposiciones expresamente prescriptas bajo pena de nulidad.

Considera que el acta de fs. 2/3 resulta formalmente ajustada a los requisitos previstos en los citados artículos.

24816/2012 “CARRION, A.A. Y OTROS S/ESTUPEFACIENTES LEY 23737

JUZGADO FEDERAL DE TUCUMÁN Nº II Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN Indica que el fallo apelado omitió efectuar el análisis de las circunstancias de tiempo, lugar y personas en que se labró el acta, lo cual le hubiera permitido entender que se trató de un hallazgo inevitable.

Agrega que las actuaciones no solo fueron válidamente documentadas, sino que hubo justificación plena de actuar por parte de la fuerza de seguridad.

Por lo que solicita se revoque la resolución apelada, declarando la validez del acto procesal anulado y de todas las actuaciones cumplidas a posteriori. Hace reserva de ocurrir en casación y del caso federal.

Que con carácter previo a resolver, corresponde formular las consideraciones que a continuación se exponen:

I) Las presentes actuaciones se inician con motivo del secuestro de material estupefaciente hallado en el domicilio de A.A.C. como consecuencia del allanamiento llevado adelante por orden del Juez Penal de la IV nominación de la provincia en una causa por robo de motovehículo.

En el acta agregada a fs. 2/3, la prevención documenta que: “al llamar a la puerta previo requerir la presencia de dos testigos de actuaciones … fuimos atendidos (portón sin abrirse) por una persona de sexo femenino a quien se le hizo conocer la presente medida judicial a llevarse a cabo, quien al tomar conocimiento manifiesta que le pondrá en conocimiento a su...

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