Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 14 de Febrero de 2019, expediente FMP 022093786/2011/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE M.D.P.C.G.J. c/ ANSES s/ REAJUSTE DE HABERES 22093786/2011 SAAO//del plata, AUTOS Y VISTO:

El Dr. A.T. dijo:

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de autos surge que la Sra. CARMONA, G.J., adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por las Leyes 24.476 y 24.241, con fecha inicial de pago el 11/11/2006.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el rechazo del planteo de extemporaneidad del reclamo administrativo, la aplicación del suplemento de sustitutividad, el recalculo del haber inicial, el reajuste por movilidad, la exención del impuesto las ganancias y de la actualización de los servicios autónomos incluidos en la moratoria previsional prevista por la ley 24.476 y 25.994, sin tener en cuenta el criterio de la CFSS, sala 3 en el precedente “S.G. c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes ", sentencia del 3/9/2012.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “F.T.B. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A..

6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 021067977/2006/CA001 Fecha: 02/12/2016, “GARCIA, G.N. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 021090261/2010/CA001 Fecha: 11/09/2015, “GIANOLI, N.I. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, , que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Esquivel, R. c/ Caja de Industria y Comercio” e. 225, XXIII, recurso de hecho, 5/5/92, “Q.C.A.C. S/REAJUSTES VARIOS” (Q. 68 XLVI), de fecha 11 de noviembre de 2014, “B.A.V.” (B. 675. XLI), “Cirillo” (C. 1074. XLIV) y “Elliff”

(Fallos: 332:1914), por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 19/02/2019 a formar parte del presente resolutorio.-

Firmado por: DR. A.O.T., Juez de Cámara Firmado por: DR. B.D.B., C. de Camara Firmado por: DR. M.B., C. de Cámara #15534471#223916188#20190206121253990 En relación al planteo de la demandada solicitando para los aportes autónomos la aplicación del precedente “S.G. c/ ANSeS s/ Reajuste de Haberes” de la CFSS Sala III, sentencia del 3 de septiembre de 2012, no encontramos motivos para revocar la sentencia de grado, toda vez que la ley prevé la regularización de aportes a partir de una contraprestación a cargo del contribuyente, renta que merece ser actualizada en su...

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