Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 9 de Octubre de 2014, expediente CAF 030240/2012/CA001

Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CAUSA Nº 30240/2012/CA1: C.B.P.F.C./ EN–

Mº DEFENSA–EJERCITO–DTO 1056/08 Y OTRO S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG En Buenos Aires, a los 9 días del mes de octubre de 2014, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, a efectos de conocer del recurso interpuesto en los autos “C.B.P.F.C./ EN–Mº DEFENSA–EJERCITO–DTO 1056/08 Y OTRO S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”, contra la sentencia de fs.

103/105vta., el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El señor juez de Cámara J.E.M. dijo:

  1. ) Que, por sentencia de fs. 103/105vta., el señor juez de la instancia anterior rechazó la demanda interpuesta tendiente a que se regularice la liquidación del Sueldo Anual Complementario conforme lo normado en la ley 23.041 y su decreto reglamentario 1078/84.

    Para así decidir, tuvo en cuenta lo dispuesto por la ley 23.041 y el decreto 1078/84 que establecen que el Sueldo Anual Complementario se calculará sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto.

    Asimismo, entendió que debía aplicarse lo resuelto por la CSJN en el precedente “Z.” y que, al no interponer como pretensión autónoma el cuestionamiento del carácter “no remunerativo” y “no bonificable” de los decretos 1104/05, 1095/06, 871/07 y 1053/08, no se encontraban reunidos los requisitos sentados por el Alto Tribunal.

    Impuso las costas en el orden causado en atención al modo en que se decidía.

  2. ) Que, contra dicha sentencia, interpuso recurso de apelación la parte actora a fs. 109, el que fue concedido libremente a fs. 112.

    Puestos los autos en la oficina, expresó sus agravios a fs. 116/122, los que fueron contestados por el Estado Nacional a fs. 128/129vta.

    Fecha de firma: 09/10/2014 Firmado por: D.D.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA A fs. 131/vta. dictaminó el señor F. General subrogante ante esta Cámara.

  3. ) Que, se agravia la actora de que con el decreto 1056/08 el PEN limite el cálculo del Sueldo Anual Complementario sobre las sumas remunerativas, modificando el art. 1º de la ley 23.041 y el decreto reglamentario 1078/84 y, de esta forma, contraviniendo lo dispuesto en el art. 99 de la Constitución Nacional.

    Por su parte, sostiene que no es aplicable el fallo de Corte...

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