Sentencia de CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2, 11 de Mayo de 2017, expediente CFP 011205/2013/6/CA003

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL - SALA 2 CFP 11205/2013/6/CA3 CCCF - Sala II CFP 11205/2013/6/CA3 “C.,

I. s/ procesamiento”.

J.. Fed. N° 5 – S.. N° 9 Buenos Aires, 11 de mayo de 2017.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Defensor Auxiliar, doctor J.M.V., contra la resolución obrante a fs.

323/339vta. del principal, por la que el juez de grado ordena el procesamiento sin prisión preventiva de

I.C. por considerarlo autor penalmente responsable del delito tenencia simple de estupefacientes, en concurso real con el delito de empleo de la fuerza contra un funcionario público, agravado por haberse cometido el hecho por una reunión de más de tres personas y por haber puesto manos en la autoridad (art. 42, 55, 237, 238 inc. 2° y del C.P., art. 14 primer párrafo de la ley 23.737 y arts. 306 y 310 del Código Procesal Penal de la Nación).

El recurrente se agravia por cuanto entiende que el material estupefaciente encontrado en poder del imputado tendría como único destino el consumo personal. Por ello, solicita el cambio de la calificación legal asignada al evento por la prevista en el art. 14, párrafo, de la ley 23.737, que se declare la inconstitucionalidad de este tipo penal de conformidad con la doctrina que se desprende del precedente “A.” de la C.S.J.N. y, en consecuencia, se dicte el sobreseimiento de su asistido.

A su vez, en relación con el delito de intimidación o fuerza contra un funcionario público con el agravante de haber sido cometido por una reunión de más de tres personas, y haber puesto manos en la autoridad, el recurrente discute la acreditación de la materialidad de los hechos atribuidos al encartado al no existir testimonios que respalden las versiones esgrimidas por los efectivos policiales que llevaron a cabo el procedimiento que culminó con la detención de aquel y dio origen a las presentes actuaciones.

Este sumario se inició el 8 de noviembre de 2013 a las 15hrs. a consecuencia del procedimiento realizado por personal de Gendarmería Nacional Argentina, cuando efectuaba un patrullaje en el Fecha de firma: 11/05/2017 Firmado por: E.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: L.L.P., Prosecretaria Letrada de Cámara #29723082#178534063#20170511113153911 interior del asentamiento conocido como “Villa 1-11-14”, en los denominados Pasajes “S. J.”, “

V. de los...

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