Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 31 de Agosto de 2023, expediente CNT 071344/2017

Fecha de Resolución31 de Agosto de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

TRABAJO - SALA X

SENT.DEF. 2 - 1 EXPTE N°: 71.344/2017/CA1 (57.736)

JUZGADO N°: 25 SALA X

AUTOS “BREST, V. c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA

ARGENTINA S.A. Y OTRO s/ DESPIDO”

Buenos Aires, 31-08-2023

El Dr. LEONARDO J. AMBESI, dijo:

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito del recurso de apelación que, contra la sentencia definitiva n ro.22.862 (fs. 303/307), interpuso la parte actora a tenor del memorial vertido en la causa, el cual mereció la réplica de sus contrarias.

  2. Se agravia la actora por cuanto el Sr. Juez de grado resolvió

    desestimar la demanda incoada. En este sentido, critica la valoración de la prueba efectuada en grado, entendiendo que con los testimonios brindados se demostró que la actora recibía órdenes y directivas de la codemandada del Correo Oficial de la República Argentina y, pese a ello, rechazó la aplicación del primer párrafo del artículo 29 LCT. También cuestiona el incorrecto rechazo de la responsabilidad solidaria en los términos del art. 30 de la LCT de la codemandada Correo Argentino. En igual sendero, discute el rechazo de las diferencias salariales y las indemnizaciones de la ley 24.013 o en su caso, el art.

    1 de la ley 25.323 y la multa establecida en el art. 80 de la LCT. En consecuencia, solicita se revoque el fallo recurrido en todas sus partes.

    III.-Liminarme es menester señalar que llega firme a esta instancia que la actora fue contratada desde el 01/02/2015 por la codemandada Domiser S.R.L. para prestar servicios de limpieza en el establecimiento del Correo Argentino y se consideró despedida mediante comunicación recibida el Fecha de firma: 31/08/2023

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: L.J.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL

    TRABAJO - SALA X

    13/07/2016, ante la negativa de las accionada a la correcto registro del contrato de trabajo como así también a pagar las diferencias salariales reclamadas.

    También llega sin discusión que la codemandada Domiser SRL

    no es una empresa de servicios eventuales como denunció la actora al inicio (ver punto

  3. “Hechos, base de la acción “del inicio, fs. 5 vta.) sino una empresa de servicios integrales de limpieza ( ver contestación , fs. 49).

  4. Sentado ello, de las testimoniales rendidas en autos (ver M. (fs. 223/224), E. (fs. 227/228) aportados por la actora, como los de Vergara (fs.259/260), Suarez Casco (fs.261/162) y B. ( fs. 255/256),

    por las codemandadas ) surge plasmariamente el hecho que la codemandada Domiser SRL fue la persona que contrató a la actora e incluso el testigo R. (fs. 231/232) al que alude la recurrente en su memorial, en igual sentido declaró

    … que las ordenes de trabajo supone que DOMISER S.R.L. se las daba, que por ahí, dentro del Correo se le decía que había otras partes que estaban sucias , que la actora ya venía con las tareas ya asignadas por DOMISER S.R.L….

    (cfr arts 90 LO y 386 CPCCN, el subrayado es del tribunal).

    Frente a ello, el agravio vertido por la desestimación del encuadre bajo el primer párrafo del art. 29 LCT luce debilitado, toda vez que no se ha demostrado un suministro de mano de obra por parte de Domiser SRL sino la realización de una prestación llevada a cabo en el marco de la relación mantenida con la restante coaccionada.

    Tampoco se ha acreditado en debida forma la existencia de un fraude laboral, ya que las órdenes de trabajo las brindada la empleadora directa de la accionante y, en función de ellas, se cumplía el servicio.

    En ese contexto, la comprobación de nexo comercial con la codemandada Correo Oficial de la República Argentina por un contrato de servicio de limpieza que tenía al 01/06/2016 afectados a 220 personas a realizar tareas en dependencias de...

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