Boletín Oficial Nº 3457 - 12 de marzo 2021

Fecha de publicación12 Marzo 2021
Año2021
Número de Gaceta3457
SecciónContenido Completo
Propiedad Intelectual Nº 187332
BOLETÍN OFICIAL
Provincia de La Pampa
REPÚBLICA ARGENTINA
Gobernador:………………………………………………..…….………………..….…...............................................Sergio ZILIOTTO
Vice-Gobernador:…………………………………….……..……….…………..……............................Mariano Alberto FERNÁNDEZ
Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos………….…....................................................................Daniel Pablo BENSUSAN
Ministro de Seguridad:………………………………………………………………………………………………Horacio DI NÁPOLI
Ministro de Desarrollo Social:…………………………………….................................................................Diego Fernando ÁLVAREZ
Ministro de Salud:.................................................................................................................................................... Mario Rubén KOHAN
Ministro de Educación:…………………………………….…….....................................................................Pablo Daniel MACCIONE
Ministro de la Producción:…………………………………………..………..……..................................Ricardo Horacio MORALEJO
Ministro de Conectividad y Modernización…………………………………………………………..……….Antonio CURCIARELLO
Ministro de Hacienda y Finanzas:..................................................................................................................... Ernesto Osvaldo FRANCO
Ministro de Obras y Servicios Públicos:................................................….................................................................Juan Ramón GARAY
Secretario General de la Gobernación:...................................................................................................................José Alejandro VANINI
Secretario de Energía y Minería:…………..………….………...……….….………....………….....………………………Matías TOSO
Secretario de Asuntos Municipales:...........................................................................................................................Rogelio SCHANTON
Secretario de Cultura…………………………….………..………………………………………………………Adriana Lis MAGGIO
Secretario Recursos Hídricos:...........................................................….............................................................................Néstor LASTIRI
Secretaria de la Mujer…………………………………………………….……………………………...........Liliana Vanesa ROBLEDO
Secretaría de Turismo:………………………………………………………………………………………………...Adriana ROMERO
Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo……………………………………………………...…………Marcelo PEDEHONTAÁ
Fiscal de Estado: .......................................................................…............................................................................... Romina SCHMIDT
Asesor Letrado de Gobierno:..........................................................…….........................................................Griselda Silvia OSTERTAG
AÑO LXVIII - Nº 3457 Dirección: Sarmiento 335 SANTA ROSA, 12 DE MARZO DE 2021
Tel.: 02954-436323 www.lapampa.gob.ar boletinoficial@lapampa.gob.ar
SUMARIO
Página
Decretos Sintetizados: N° 3466/20, 254, 275, 297, 302 a 305, 311 a 315, 317, 321 a 383……………………………………………………...
2
Designaciones: N° 301, 306, 318, 320 y 502……………………………………………………………………………………………………
13
Dirección General de Defensa del Consumidor: Disp. N° 20…………………………………………………………………………………...
13
Ministerio de Desarrollo Social: Res. N° 162 a 164, 166 y 167………………………………………………………………………………...
13
Ministerio de Educación: Res. N° 111, 119, 122, 124, 125, 137, 145, 151, 154, 155, 170 y 171……………………………………………….
15
Ministerio de la Producción: Res. N° 88 a 93……………………………………………………………………………………………………
15
Subsecretaría de Asuntos Agrarios Dirección de Ganadería: Disp. N° 877, 940, 941, 943, 963 a 966, 1080, 1082, 1083, 1099, 1100 a
1102, 1165, 1166, 1167, 1170, 1171, 1173 a 1176, 1211, 1235 a 1239, 1242/20, 258 a 262………………………………………………….
21
Comité de Vigilancia Zona Franca: Res. Gral. N° 4……...……………………………………………………………………………………..
22
Secretaría de Asuntos Municipales: Res. N° 355, 371, 376 a 378/20, 25 a 29, 31 a 33………………………………………………………..
22
Secretaría de Cultura: Res. N° 45 y 46…………………………………………………………………………………………………………..
24
Secretaría de Recursos Hídricos: Res. N° 13…………………………………………………………………………………………………….
24
ISS - SEMPRE: Disp. N° 2 y 3…………………………..………………………………………………………………………………………
25
Licitaciones:……………………………………………………………………………………………………………………………………...
25
Edictos:…………………………………………………………………………………………………………………………………………..
27
Avisos Judiciales:………………………………………………………………………………………………………………………………..
29
Sección Comercio, Industria y Entidades Civiles:………………………………………………………………………………………………
Concursos:……………………………………………………………………………………………………………………………………….
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Pág. N° 2 Santa Rosa, 12 de marzo de 2021 BOLETÍN OFICIAL N° 3457
DECRETOS SINTETIZADOS
Decreto Nº 3466 -19-XI-20- Art. 1º.- Apruébase el
Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gasto s del Ejercicio
2020 de las Co misiones de Fomento que se enuncian en el
Anexo I, que forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2°.- Apruébase la Ordenanza Tarifaria del
Ejercicio 2020 de las Comisiones de Fomento,
mencionadas en el Anexo II que forma parte del presente
Decreto.
Decreto Nº 254 -19-II-21- Art. 1º.- Autorízase, a
partir de la fecha, a la Dirección Provincial de Vialidad a
fijar el valor del viático móvil para Comisiones de
Servicios de más de un día, que se realicen fuera de la
Provincia, en la suma de $ 4.240 ,00, el valor del viático
móvil para Comisiones de Servicios de más de un día, que
se realicen dentro de la Pro vincia, en la suma de $
2.860,00, el valor del viático fijo para el personal que
pernocte en casillas que provee la Repartición y se
encuentren a más de 20Km de su asiento habitual en la
suma de $ 2.860,00 y el valor del víatico fijo para el
personal que pernocte en dependencias de la Repartición o
en Casa habitación para el personal de Inspección de
Obras en $ 2.005,00.
Art. 2°.- Autorízase a la Dirección Provincial de
Vialidad a fijar el valor del desarraigo en $ 360,00.
Art. 3°.- Autorízase a la Dirección Provincial de
Vialidad a fijar los restantes valores de viáticos (dentro y
fuera de la P rovincia) de acuerdo a la regla mentación
vigente en esa Repartición, conforme los valores fijados en
los artículos precedentes.
Art. 4°.- Derogase el Decreto N° 3520/2019.
Decreto 275 -24-II-21- Art. 1º.- Apruébase la
contratación directa tramitada bajo Expediente Nº 1314/21
por la Subsecretaría de Administración del Ministerio de
Salud y consecuentemente autorízase al Señor Ministro d e
Salud a suscribir las Órdenes d e Provisión Nº 226473 y
226474, destinadas a llevar adelante la instalación de
oxígeno medicinal centraliza da en los Establecimientos
Asistenciales de las localidades de Arata, Quemú Quemú,
Rancul, Ingeniero Luiffi, Intendente Alvear, Winifreda y
Catriló, con encuadre legal previsto en el Artículo Nº 34,
inciso C), subinciso 1) de la ley Nº 3 d e Contabilidad
modificada por Norma Jurídica de Facto Nº 930, en un
todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo N° 8 del
Decreto Nº 512/20, artículo 8º y consecuentemente los
ítems 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 a la firma Walter Damian
BERNAL por un valor total de $ 4.276.028,00, que serán
pagaderos de forma anticipada.
Decreto 297 -25-II-21- Art. 1º.- Apruébase el
proyecto de documentación básica (Planilla de Cotización,
Pliego de especificaciones Técnicas y Cláusulas
Particulares, Anexos y Pro yecto de Contrato de Prestación
de Servicios) agregado a fojas 45/56 del Expediente N°
8890/20 y, consecuentemente, autorízase a realizar el
llamado a Licitación Pública 105/20, para la
contratación del servicio de recepción, almacenamiento y
entrega de medicamentos, insumos y equipamiento
perteneciente al Ministerio de Salud.
Art. 2º.- El acto de apertura tendrá lugar en la Sala
de Licitaciones del Departamento Compras y Suministros,
Tercer Piso, Centro Cívico, el día y hora que fije el mismo.
Decreto 302 -25-II-21- Art. 1º.- Modificase la
denominación Secretaria de Derechos Humanos
establecida por el Artículo 1º del Decreto Nº 2962/18, por
la de Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente
del Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Art. 2º.- Sustitúyase el Artículo 4º del Decreto Nº
2962/18, el q ue quedará redactado de la siguiente manera:
“INTEGRACIÓN: La Comisión de Ejecución del
Programa Pro vincial par a la P revención, P rotección y
Asistencia de las Víctimas de Trata estará integrada por:
a.-) Un (1) representante del Ministerio de Seguridad;
b.-) Un (1) representante del Ministerio de Desarrollo
Social;
c.-) Un (1) representante del Ministerio de Salud;
d.-) Un (1) representante del Ministerio de Producción;
e.-) Un (1) representante del Ministerio de Educación;
f.-) Un (1) representante de la Secretaría de la Mujer;
g.-) Un (1) representante de la Secretaría de Trabajo;
h.-) Un (1) representante de la Secretaría de Turismo y;
i.-) Un (1) representante d e la Subsecretaría de
Derechos Humanos, dependiente del Ministerio de
Gobierno, Justicia y Derechos Humanos.
Cada una de las áreas de gobierno indicadas designará un
representante titular y un suplente, quien reemplazará
automáticamente a aquel en caso de ausencia. Todos los
agentes y funcionarios públicos que integren la Comisión
de Ejecución del Programa Provincial para la Prevención,
Protección y Asistencia de las Víctimas de Trata en
representación de alguno de los órganos indicados
precedentemente, lo harán con carácter ad honorem.
Art. 3º.- Sustitúyanse los Incisos k.-), m.-) y n.-) del
Artículo 9º del Decreto Nº 2962/18, los que quedar án
redactado de la siguiente manera, a saber : ―FUNCIONES
DE LA COMISIÓN: (…):
k.-) Proporcionar asesoramiento jurídico respecto de los
derechos y procedimientos legales a seguir ante un caso de
trata. Este asesoramiento será brindado por el equipo de
profesionales de la Dirección General de Protección de
Derechos Humanos de la Subsecretaria de Derec hos
Humanos, dependiente del Ministerio de Gobierno,
Justicia y Derechos Humanos Provincial;
m.-) Intervenir, a requerimiento judicial, en el operativo de
rescate durante el allanamiento culminando su actuación
luego de las declaraciones testimoniales en sede judicial
de las víctimas;
BOLETÍN OFICIAL N° 3457 Santa Rosa, 12 de marzo de 2021 Pág. N° 3
n.-) Coordinar y articular sus acciones con la Justicia
Federal y Provincial, como así también con los Min isterios
y Secretarías Públicas respectivas a efectos de agilizar los
procedimientos que eventualmente pudieran corresponder,
procurando con ello, facilitar la investigación. Cada una de
las funciones enumeradas e n el presente artículo serán
entendidas e n términos de articulación y coordinación de
las diferentes políticas y acciones implementadas por cada
uno de los orga nismos integrantes de la Comisión en rigor
de sus propias misiones y funciones…‖.
Art. 4º.- Sustitúyase el Artículo 15 del Decreto Nº
2962/18, el q ue quedará redac tado de la siguiente manera:
―FINANCIAMIENTO: El gasto que demande la
aplicación del presente Programa se imputará a la partida
específica creada al efecto, en el ámbito de la
Subsecretaría de Derechos Humanos, dependiente del
Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos
Provincial.
Art. 5º.- Autorízase Señor al Subsecretario de
Derechos Humanos a efectuar contrataciones de forma
directa en el marco del presente Programa, hasta la suma
de $250.000, constituyendo dicho importe el límite para
cada necesidad.
Decreto 303 -25-II-21- Art. 1º.- Acéptase la
adscripción a partir del 1 de noviembre de 2020 y hasta el
1 de noviembre de 2021 a la Secretaría Técnica de la
Coordinación de Educación Secundaria -Zona Norte - sito
en la ciudad de General Pico, dependiente de la Dirección
General de Educación Secundaria perteneciente a la
Subsecretaría de Educación del Ministerio de Educación, a
la agente María Estela PÉREZ -D.N.I. N° 24.743.787 -
Clase 1975, perteneciente a la Municipalidad de General
Pico.
Decreto 304 -25-II-21- Art. 1º.- Dése la baja por
fallecimiento a partir del día 14 de febrero de 2020, al
agente Categoría 16 -Rama Servicios Generales- Ley N°
643, Mario Ismael FUNES -D.N.I. N° 13.384.077 -Clase
1959-, perteneciente a la Dirección General de
Comunicación Social de la Secretaría General de la
Gobernación.
Art. 2°.- Páguese a las ciudadanas María Abril
FUNES DIAZ -D.N.I. 42.798.594 -Clase 2000,
Claudia Edit FUNES -D.N.I. N° 28.659.941 -Clase 1981,
Eliana Elizabeth FUNES -D.N.I N° 37.034.134- Clase
1992, y los ciudadanos Luis Darío FUNES -D.N.I.
34.221.827 -Clase 1988, y Walter Ariel FUNES -D.N.I. N°
30.248.163 -Clase 1983, hijas e hijos del agente fallecido,
la suma de $ 25.611,53, en concepto de los haberes
adeudados, como así también, 6 días de licencia para
descanso anual no usufructuados -saldo segunda fracción-
del año 2019 y 4 días proporcionales al año 202 0, de
acuerdo al informe de fojas 43 del Departamento
Licencias de la Dirección General de Personal y a la
liquidación positiva realizada por el Departamento Ajustes
y Liquidaciones de Contaduría General de la Provincia a
fojas 46.
Decreto 305 -25-II-21- Art. 1º.- Confírmase a partir
del día 7 de enero d e 2020 en el grado de Oficial Inspector
de Policía Cuerpo Profesional a la Contadora Pública
Nacional, Elida Carolina M ARRON, D.N.I.
31.087.512, Clase 1984, de acuerdo a lo expresado en los
considerandos precedentes.
Decreto 311 -26-II-21- Art. 1º.- Autorízase a la
Secretaria de Turismo a celebrar, en el marco de la Ley N°
2.497 y del Decreto N° 131/10, Acuerdos Individuale s de
Pasantías, con las Facul tades de Ciencias Exactas y
Naturales, Ciencias Humanas y Ciencias Económicas y
Jurídicas, de la Universidad Nacional de La Pampa, con
los alumnos detallados en el Anexo I de conformidad con
el modelo que como Anexo II forman parte del presente
Decreto.
Art. 2°.- El acuerdo indicado en el artículo anterior
tendrá una vigencia de 12 meses, a partir de la fecha de su
suscripción, pudiendo ser renovado por un lapso de 6
meses. (S/Expte. N° 7210/20)
Decreto 312 -26-II-21- Art. 1º.- Apruébase la
compra directa tramitada bajo Expediente Nº 2095/21 por
la Subsecretaría de Administración del Ministerio de
Salud, y autorízase al señor Ministro de Salud a suscribir
las Ordenes de Provisión Nº 906.670 a 906.6672 para
adquisición de medicamentos e insumos médicos
destinados a abastecer la demanda causada por COVID-
19, con encuadre legal en la excepción prevista en el
artículo 34º, inciso C) subinciso 1) de la Ley Provincial Nº
3 de Contabilidad modificada por Norma Jurídica de
Facto Nº 930, por imperio de lo establecido por el artículo
8 del Decreto 521 /20 y consecuentemente
adjudíquese según Expediente Nº 2095/21.
Decreto 313 -26-II-21- Art. 1º.- Autorízase a la
Directora del Establecimiento Asistencial ―Hospital
Comunitario Generalista Evita‖ de la ciudad de Santa
Rosa, a suscribir el convenio con el profesional médico
Juan Eduardo COSTABEL D NI N° 28.461.106, que como
Anexo forma parte integrante del presente Decreto, para
realizar Guardias Activas en el mencionado
Establecimiento Asistencial, en el marco del Decreto N°
181/11, modificado por Decreto N° 5289/18, N° 5308/18,
N° 3198/19 y N° 709/19.
Art. 2°.- La Habilitación del Ministerio de Salud
liquidará y pagará a cada profesional contra prestación de
la documentación debidamente confirmada.
Decreto 314 -26-II-21- Art. 1º.- Autorízase al
Director del Establecimiento Asistencial ―Vilfrid Barón‖
de la localidad de Colonia Barón, a suscribir el convenio
con la Técnica en Laboratorio PEREYRA María Belén
DNI 31.467.243, que como Anexo forma parte
integrante del presente Decreto, para realizar Guardias
Activas en el mencionado Establecimiento Asistencial, en
el marco del Decreto N° 181/11, modificado por Decreto
N° 5289/18, N° 5308/18, N° 3198/19 y N° 709/19.

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